Política

El TS volverá a ver en Pleno el fallo de las hipotecas: admitido el incidente de nulidad

Protestas a las puertas del Tribunal Supremo.
Protestas a las puertas del Tribunal Supremo. | EP

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido este jueves a trámite el primer incidente de nulidad presentado por parte de la Empresa Municipal de Rivas contra el fallo de las hipotecas que, por 15 votos frente a 13, sostuvo que era el cliente quien debía asumir los gastos derivados del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria, en contra de tres fallo judiciales anteriores acordados por la Sección Segunda.

Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, el Alto Tribunal ha acordado admitir a trámite este incidente de nulidad y dar traslado a la Abogacía del Estado para que presente alegaciones e informe sobre la procedencia o improcedencia de la citada solicitud de anulación de dicho fallo.

Los demandantes, es decir, la Empresa Municipal de Rivas, alegan indefensión ya que el Supremo no les notificó el acuerdo suscrito por el presidente de la Sala, Luis María Díez -Picazo, a través del que decidió avocar a Pleno la revisión del fallo que provocó el desplome de la banca en Bolsa.

Recibieron la providencia con el señalamiento del citado Pleno de la discordia pero no notificación del polémico acuerdo de avocación.

Este jueves una Sala compuesta por el presidente de lo Contencioso, los presidentes de las distintas Secciones, los ponentes de las resoluciones y el magistrado más antiguo y moderno de la Sala Tercera ha acordado avocar de nuevo el asunto a Pleno. Será este órgano el que tenga que resolver ahora por auto la cuestión planteada. Las mismas fuentes explican que la fecha del Pleno no se fijará hasta que se reciban las alegaciones del abogado del Estado aunque estiman que el mismo no se celebrará antes de un mes.

El pasado 6 de noviembre el Alto Tribunal –que se vio envuelto en una polémica sin precedentes debido a la convocatoria por parte del presidente Díez-Picazo del citado Pleno-  revocó el “giro jurisprudencial” conocido de veinte días antes que desfavorecía a los bancos. No había precedentes en el tribunal de una decisión similar en la historia del Supremo.

Todas las claves de la actualidad y últimas horas, en el canal de WhatsApp de El Independiente. Únete a nuestro canal de Whatsapp en este enlace.

Te puede interesar