España | Tribunales

El Constitucional prepara un 6-O clave que obligará al Supremo a aplicar la amnistía a Puigdemont

El presidente de Junts, Carles Puigdemont
El presidente de Junts, Carles Puigdemont | EFE

El Tribunal Constitucional se prepara para resolver el próximo 6 de octubre, en sentido estimatorio, los recursos de amparo de los exconsellers Jordi Turull y Dolors Bassa contra la negativa del Supremo a amnistiarles por la malversación del procés. Pero ese Pleno no se limitará a resolver sus casos. Según explican fuentes jurídicas a El Independiente, la intención es que la doctrina que se fije ese día quede redactada de forma que resulte extensible al resto de recursos pendientes vinculados al proceso independentista catalán, entre ellos el del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

PUBLICIDAD

El Pleno del Constitucional abordó este martes el recurso de Turull en poco más de hora y media con el magistrado José María Macías como ponente. Siete de los doce magistrados acordaron rechazar su propuesta y encargar una nueva resolución que recoja el criterio de la mayoría. El asunto quedó así aplazado hasta el 6 de octubre, día en el que también se llevará al Pleno el recurso de Bassa, cuya ponencia corresponde al presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido.

PUBLICIDAD

No es habitual que los dos recursos se resuelvan a la vez. Según fuentes del Constitucional, la norma es que el tribunal cierre primero la argumentación de un recurso y utilice después esa doctrina para resolver el siguiente. En este caso, sin embargo, Conde-Pumpido llevará su ponencia sobre Bassa al mismo Pleno en el que se vote la nueva resolución de Turull. Las mismas fuentes señalan que la intención es que ambas sentencias permitan dejar fijado en octubre el criterio de la mayoría para el resto de recursos pendientes.

La ponencia que Macías presentó este martes defendía mantener la interpretación del Supremo que dejó fuera de la amnistía la malversación al considerar que concurrió un "beneficio personal de carácter patrimonial", y sostenía que la decisión de la Sala Segunda había sido razonada y no podía calificarse de "arbitraria, imprevisible o caprichosa". El Pleno la rechazó por siete votos frente a cinco. Así, el magistrado podría haber renunciado a seguir como ponente y, en ese caso, habría correspondido a Conde-Pumpido designar a un nuevo magistrado para elaborar la resolución —una opción que habría abierto incluso la posibilidad de que el propio presidente asumiera también la ponencia de Turull—. Finalmente, Macías ha decidido mantenerla y preparar un nuevo texto a partir del criterio que ha impuesto la mayoría, aunque incluyendo su voto particular discrepante.

Los siguientes pasos en el Supremo

Además del de Puigdemont, el Constitucional tiene sobre la mesa los recursos de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Toni Comín y Lluís Puig, también condenados o procesados por la malversación del procés. El caso de Puigdemont, el expresident sigue procesado en rebeldía, sin haber llegado a juicio. Si el Constitucional establece que la interpretación mantenida por la Sala Segunda vulnera derechos fundamentales y fija una doctrina aplicable a otros casos, los tribunales tendrán que asumir ese criterio de forma automática, sin margen para cuestionarlo, según precisan fuentes del alto tribunal a este periódico.

Las citadas fuentes esperan que estas dos primeras sentencias del Constitucional se redacten pensando en su posterior extensión a los otros cinco recursos que el órgano de garantías todavía tiene sobre su mesa. No obstante, matizan que la aplicación concreta dependerá de los términos exactos en los que el Constitucional redacte su doctrina, y del momento en que la sentencia se haga pública, ya que la Sala de lo Penal del alto tribunal —la que condenó a los líderes del procés— no puede aplicar un criterio que todavía no le ha sido notificado oficialmente.

La situación del expresidente catalán parte de la última decisión del juez Pablo Llarena sobre la amnistía. El pasado 15 de septiembre, el instructor del procés volvió a rechazársela por la malversación y mantuvo la orden nacional de detención que pesa sobre él. Llarena sí descartó entonces el argumento relativo a la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea, tras la sentencia del TJUE de julio, pero mantuvo el relativo al supuesto "beneficio personal de carácter patrimonial" —el mismo concepto jurídico que el Constitucional se dispone a acotar el 6 de octubre.

Comentarios

Normas ›

Para comentar necesitas registrarte a El Independiente. El registro es gratuito y te permitirá comentar en los artículos de El Independiente y recibir por email el boletin diario con las noticias más detacadas.

Regístrate para comentar

Te puede interesar

Lo más visto