La sentencia que ha condenado a Rodrigo Lanza a cinco años de prisión por matar en un bar de Zaragoza a un hombre que llevaba tirantes con la bandera de España niega su posible excarcelación, pero fija en junio de 2020 la fecha en la que puede salir de la cárcel si no hay sentencia firme.

En su auto, el magistrado presidente del Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Zaragoza, José Ruiz Ramo, mantiene en situación de prisión provisional a Rodrigo Lanza, al que condena a cinco años de cárcel por un delito de lesiones dolosas con alevosía y homicidio imprudente, con la agravante de cometer el delito por discriminación referente a la ideología y con la atenuante de arrebato.

El magistrado ponente, que obliga también a Lanza a indemnizar a los familiares de la víctima con 200.000 euros y al Servicio Aragonés de Salud con 5.620 euros, recuerda que la ley prevé la prórroga de los dos años de prisión preventiva hasta la mitad de la pena impuesta cuando la sentencia sea recurrida, como han anunciado las partes. En el caso de Rodrigo Lanza, condenado a cinco años, esto es transcurridos dos años y medio en prisión, a mediados de 2020.

De esta forma, fuentes jurídicas y penitenciarias consultadas por Europa Press señalan que Lanza podría salir de prisión en junio de 2020 si la Justicia no resolviera los recursos antes de esa fecha. Su defensa también puede solicitar antes la libertad provisional, obligando al tribunal a pronunciarse.

Si la sentencia fuera ya firme, y a la espera de que fuera clasificado previsiblemente en segundo grado en un plazo máximo de dos meses por la junta de tratamiento de la cárcel, Rodrigo Lanza podría solicitar permisos penitenciarios ordinarios al haber cumplido en prisión provisional más de una cuarta parte de la pena. En junio de 2020 podría pedir la semilibertad o régimen abierto de la clasificación en tercer grado.

Peligrosidad y antecedentes del acusado

El magistrado ponente de la sentencia se pronuncia en contra de que Rodrigo Lanza sea puesto en libertad de forma inminente atendiendo a la "gravedad de los hechos imputados y la peligrosidad del acusado". Sin embargo, "no valora a efectos de reincidencia" que el 16 de junio de 2009 ya fuera condenado en sentencia firme a cinco años de prisión por delitos de lesiones contra un guardia urbano al que dejó tetrapléjico --aquella primera pena se extinguió el 20 de enero de 2015--.

En el auto, el Tribunal del Jurado excluye la solicitud de indulto y en la parte de mantenimiento de la situación de prisión provisional señala que las partes acusadoras se han opuesto a la puesta en libertad del acusado. Su abogado solicitó la excarcelación tras calcular que la pena sería de un máximo de dos años tras el veredicto de homicidio imprudente del jurado.

"Este Magistrado Presidente", dice la sentencia, "es consciente de que los dos años de prisión preventiva se cumplirán el próximo día 10 de diciembre de 2019". Rodrigo Lanza ingresó en la cárcel de Zuera por los hechos ocurridos en la madrugada del 8 de diciembre de 2017 en el bar Tocadiscos de Zaragoza en el conocido como 'crimen de los tirantes'. En la sentencia queda constancia de que mató a Laínez de un golpe seco mortal en la cabeza al padecer un arrebato, aunque no ve probado que los tirantes con la bandera española motivaran la fatal agresión.

El magistrado se remite al artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que prevé la prórroga de la prisión provisional hasta el límite de la mitad de la pena efectivamente impuesta en la sentencia cuando ésta hubiere sido recurrida, lo que ya anunciaron todas las partes, y dice que se mantiene la situación de prisión del acusado "a la vista de la gravedad de los hechos imputados y su peligrosidad".

"Y ello", concluye el magistrado ponente de la sentencia, "sin perjuicio de que, si se produjeran recursos contra la misma, se evaluaría la posibilidad de la libertad del acusado o su prolongación hasta la mitad de la pena impuesta, si alguna acusación lo solicitara".