La Junta Electoral Central (JEC) tomó este viernes una decisión sin precedentes en la historia de España. Concluyó que un presidente regional debe ser inhabilitado al estar condenado por una sentencia, aunque ésta no sea firme.
El órgano electoral se manifestó así en una ajustada decisión con siete votos frente a seis en relación al presidente catalán Quim Torra, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a un año y medio de inhabilitación por un delito de desobediencia al negarse a retirar lazos amarillos en apoyo a los presos independentistas de organismos del Govern según ordenó precisamente la JEC.
Después de deliberar durante más de cuatro horas, los miembros de la JEC hicieron público un acuerdo a favor de apartar del Parlament a Torra lo que, según las normas del Estatut catalán, deja a Torra también fuera de la presidencia del Govern.
El reparto de los votos
La JEC está compuesta por ocho magistrados del Supremo elegidos por sorteo y cinco catedráticos de Derecho, Sociología o Ciencias Políticas propuestos por los partidos con representación en el Congreso de los Diputados.
Quienes emitieron el voto contrario a la decisión argumentaron razones procesales. Dijeron que la Junta Electoral de Barcelona (que falló a favor de Torra) no era la competente para tomar dicha decisión que motivó los recursos de PP, Cs y Vox sobre los que este viernes se ha pronunciado la JEC, fallando a favor de la inhabilitación de Torra.
Dichos votos discrepantes fueron emitidos por los tres magistrados del Tribunal Supremo Vicente Sempere, María Luz García Paredes y José Luis Seoane; los dos catedráticos propuestos por el PSOE Consuelo Ramón Chomet y Juan Montabes y la catedrática propuesta por Unidos Podemos, Inés Olaizola.
Votaron a favor el presidente y la vicepresidenta, Antonio Jesús Fonseca-Herrero e Inés Huerta Garicano; los magistrados Ana María Ferrer, Francisco José Navarro y Eduardo de Porres y los catedráticos Carlos Vidal y Silvia del Saz.
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