Siete de los nueve condenados a penas de prisión en la sentencia del procés del Tribunal Supremo han conseguido, han solicitado o solicitarán en los próximos días la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a las Juntas de Tratamiento de las cárceles en las que cumplen condena. Este artículo permite salidas de prisión entre semana por motivos laborales o personales, como la participación en voluntariados sociales o el cuidado de familiares enfermos.

Una situación de semilibertad que fue concedida por la cárcel barcelonesa de Lledoners la pasada semana a los líderes de las entidades soberanistas ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, condenados a nueve años de prisión y los mismos de inhabilitación absoluta por sedición, y este miércoles la de Mas d'Enric (Tarragona) a la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, condenada a 11 años y seis meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación también por sedición.

Sànchez y Cuixart estuvieron en prisión preventiva de manera ininterrumpida desde octubre de 2017, después de declarar como investigados en la Audiencia Nacional, hasta la publicación de la sentencia de la Sala Segunda del Supremo el 14 de octubre de 2019 que confirmó la prisión. Sin embargo, desde el pasado día 6 ambos tienen permiso de la Junta de Tratamiento de la cárcel de Lledoners (Barcelona) para salir al exterior entre semana.

En el caso de Sànchez, el equipo de la prisión dependiente de Prisiones de la Generalitat informó a favor de que salga tres días a la semana durante 11 horas para realizar un voluntariado; en el de Cuixart, durante 9 horas cinco días a la semana para trabajar en su empresa de diseño, según publicó El Mundo.

Forcadell, por su parte, recibió este miércoles el permiso para hacer un voluntariado y cuidar de su madre, enferma y con más de 90 años. Las decisiones de la Junta de Tratamiento de las cárceles son inmediatas y no necesitan el aval del Departamento de Justicia, sí del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

Rull y Turull, los únicos que no lo aclaran

Los ex consejeros de Presidencia y Territorio Jordi Turull y Josep Rull -condenados a 12 y 10 años de prisión por sedición y malversación el primero y sedición el segundo- son los únicos entre los condenados que aún no han aclarado si solicitarán la aplicación del artículo 100.2. Fuentes de su defensa consultadas no comentan datos penitenciarios "por expreso deseo" de los políticos catalanes.

El resto de condenados a penas de prisión en la sentencia de la Sala Segunda del Supremo o lo ha hecho ya o lo hará en los próximos días. Así lo confirman fuentes de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) respecto al ex vicepresidente Oriol Junqueras y el ex consejero de Exteriores Raül Romeva, cuya defensa ultima ya la petición. La ex consejera de Trabajo, Dolor Bassa, ya lo ha solicitado y el de Interior, Joaquim Forn, lo hará próximamente.

El artículo 100 del Reglamento Penitenciario (Clasificación penitenciaria y principio de flexibilidad) recoge que los penados deberán ser clasificados en grados. Según el punto 2 de dicho artículo, "con el fin de hacer el sistema más flexible, el Equipo Técnico podrá proponer a la Junta de Tratamiento que, respecto de cada penado, se adopte un modelo de ejecución en el que puedan combinarse aspectos característicos de cada uno de los mencionados grados, siempre y cuando dicha medida se fundamente en un programa específico de tratamiento que de otra forma no pueda ser ejecutado. Esta medida excepcional necesitará de la ulterior aprobación del Juez de Vigilancia correspondiente, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad". A este punto se remiten los condenados por la sentencia del procés, clasificados en segundo grado, para hacer sus peticiones.