El Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, mantener suspendido el Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea 2019-2022 de la Generalitat de Cataluña porque busca dar una apariencia de que la región es un "sujeto de derecho internacional". El Alto Tribunal ya acordó suspender este acuerdo, a petición del Gobierno de Sánchez, en una providencia del 30 de octubre del año pasado.

Ahora, el Pleno del tribunal de garantías considera que debe mantenerlo suspendido porque "la vigencia del plan impugnado podría ocasionar unos perjuicios a la política exterior española que, en el caso de que finalmente fuera declarado inconstitucional, serían de imposible reparación". Esos perjuicios consisten, según ha explicado el TC, "en que el plan menoscaba la posición y la imagen internacional de España, en cuanto que la ejecución del mencionado plan de carácter omnicomprensivo y los objetivos que persigue va en detrimento del interés general que se expresa en la acción exterior española.

Además, el Tribunal considera que "el plan recurrido puede crear la apariencia de
que Cataluña es un sujeto de derecho internacional, lo que determinaría que se establecieran aparentes relaciones internacionales difícilmente reversibles si finalmente se declarase que el plan impugnado es inconstitucional".

El Gobierno lo detectó tarde

Como advirtieron los ministros Luis Planas e Isabel Celaá en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del 23 de agosto de 2019, el Gobierno detectó que el plan presentaba a Cataluña "como competente para intermediar en conflictos internacionales" una vez estaba ya aprobado.

Sánchez y su equipo lo recurrieron ante el Tribunal Constitucional invocando el artículo 161.2 de la Constitución Española, que permite al Gobierno central impugnar disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas.

Dicho plan, que hablaba de Cataluña como Country recognized around the world (país reconocido en todo el mundo) y hablaba de los consellers como ministros de cara al resto de Europa rompe la "lealtad constitucional" porque obvia la "necesidad de coordinar la acción exterior de Cataluña con la acción exterior española", consideraron desde el Gobeirno socialista.

La decisión del Tribunal Constitucional de mantenerlo suspendido supone un varapalo para los intereses independentistas del Gobierno catalán, que buscaba asentar la posibilidad de relacionarse de manera autónoma con la Unión Europea y dejar abierta la puerta a mantenerse en la unión en caso de desligarse de España. El objetivo último era, de hecho, abrir la puerta a la "ampliación interna" de la Unión, esto es, que en caso de secesión de una parte de un estado miembro, este nuevo estado pudiera seguir siendo considerado parte de la UE sin tener que pasar por el proceso de admisión como un estado tercero.

El auto del Pleno aclara que "el mantenimiento de la suspensión no perjudica el legítimo ejercicio de la acción exterior de la Generalitat de Cataluña, pues nada impide llevar a cabo actividades con proyección exterior directamente de sus competencias para promover sus intereses propios en el ámbito internacional, respetando siempre la competencia exclusiva del Estado en materia de relaciones internacionales".