Una juez de Almería ha condenado a nueve meses de prisión a un maltratador que sometió durante un lustro a su pareja a un "clima de terror", controlando todos sus movimientos y recursos, humillándola de forma reiterada y agrediéndola física y moralmente, a la vez que le decía que si lo denunciaba se llevaría a "todos por delante".
La sentencia, dictada por conformidad y a la que ha tenido acceso Efe, declara probado que el acusado y la víctima mantuvieron una relación sentimental desde 2013, fruto de la cual nació una niña.
Durante toda la relación, el acusado de dirigió constantemente con expresiones "humillantes" a su pareja, con ánimo de "amedrentarla y tenerla sometida a su voluntad", según la sentencia.
Asimismo, la golpeó en "numerosas ocasiones" por todo el cuerpo cuando se encontraban en el domicilio que compartían en el Levante almeriense, sin que fuese atendida por ningún médico por el "temor que la víctima sentía".
Durante toda la relación, el acusado menospreció y agredió "moral y físicamente" a la mujer, "incluso en presencia de su hija menor de edad", imponiendo un "clima de terror en su convivencia común.
La víctima adoptó una actitud de "total sumisión" con recelo a denunciar los hechos a pesar de que su pareja le controlaba el gasto de la compra, le pedía explicaciones de lo que le gastaba y le pedía lo que sobraba, le prohibía fumar, maquillarse o salir con sus amigas.
Tampoco podía recibir visitas y le controlaba el WhatsApp, el Facebook y le pedía explicaciones continuas sobre las personas que frecuentaba.
El fallo relata diversos episodios como el ocurrido en verano de 2014 cuando, estando embarazada de cinco o seis meses, le recriminó el estado de la casa, la cogió de la coleta y la arrodilló en el suelo, insultándola.
A principios de 2015 le dio puñetazos y bofetones mientras le escupía dentro del coche y, en otra ocasión, en el domicilio familiar, se puso "muy violento y agresivo", tras lo que se abalanzó sobre ella y comenzó a golpearla y a tirarle del pelo, sin parar hasta que su hija se puso en medio.
Por estos hechos, el hombre ha sido condenado por un delito de maltrato habitual en el ámbito de la violencia sobre la mujer a 9 meses de prisión y se le priva al derecho a la tenencia y porte de armas durante un año y tres meses, tiempo en el que tampoco podrá aproximarse a menos de 500 metros de la víctima.
La pena de prisión ha sido suspendida durante el plazo de dos años, a condición de que el condenado no delinca en este periodo.
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