La Audiencia Provincial de Valencia juzgará este miércoles 8 de junio a un promotor de espectáculos acusado de utilizar el nombre y símbolos de obras de Disney para engañar al público en una gira desarrollada durante meses por ciudades de toda España. Así lo ha informado el diario ABC.

La fraudulenta oferta cultural para los espectadores se ocultaba bajo los conocidos musicales El Rey León y Mary Poppins, a los que cambiaba las palabras de títulos y detalles de la historia para la representación, según han expuesto fuentes del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

Disney es un gigante que atrae a millones de personas en todo el mundo, la razón por la que los montajes del promotor gozaban de una notable aceptación, sin conocimiento de la compañía estadounidense, a quienes no aportaba ninguna compensación económica.

Así, la Fiscalía sostiene que el encausado empezó a principios de 2014 a promover y organizar espectáculos en toda España con pleno conocimiento de que estaba vulnerando los derechos de la empresas, mediante el uso de títulos que inducían a confusión con respecto a la versión original. Entre ellos se encuentran: Vuelve la leyenda. El Rey León. El Musical Infantil o Supercalifragilístico, el musical, adaptaciones de obras de Disney, cuyos derechos tenía en exclusiva la multinacional.

Los espectáculos prometían diálogos en directo y canciones del musical "que actualmente está en Madrid", haciendo referencia a la actuación original de Disney. "Una función donde tanto niños como adultos disfrutarán viendo y recordando las escenas más significativas de la película, la fiel caracterización de los personajes, grandes escenarios y una elaborada puesta en escena", eran las palabras que contenía la ficha artística.

Las entradas se vendían a través de páginas webs habituales como  entradas.com o atrapalo.com, y visitaron ciudades como Cáceres, Valencia o Málaga.

Todo ello desencadenará en una pena de tres años de prisión para el procesado por un delito contra la propiedad intelectual y otro contra la propiedad industrial, a petición de la acusación pública.

¿Cuándo se configura el delito contra la propiedad intelectual?

Los delitos contra la propiedad industrial se regulan en los artículos 273 a 277 del Código Penal, donde se refleja la ley que protege legalmente las patentes, marcas o diseños que han sido registrados y que concede exclusividad a sus creadores para explotar y usar sus invenciones, tal como explica Dexia Abogados.

Para que se configure un delito contra la propiedad citada deben existir algunos requisitos de manera simultánea como: hacer uso de un bien industrial que no le pertenece, que el bien haya sido registrado por el creador, que quien lo usa no tiene autorización de quien corresponde a la propiedad industrial o que el bien se use con fines comerciales o industriales. Cuatro puntos que cumple con creces el promotor acusado.