La decisión del Tribunal Constitucional adelantada este martes por El Independiente marca los límites para los militantes de formaciones políticas en España. El Alto Tribunal da la razón al PSOE y avala la suspensión de militancia de la escritora Susana Pérez-Alonso por sus críticas al partido en una carta al director de La Nueva España, en 2006, tras el expediente abierto a los disconformes con la cancelación de las primarias del partido en la ciudad de Oviedo.

Por primera vez, el TC entra a valorar el fondo del conflicto entre la fidelidad a un partido y la crítica al mismo, y resuelve a favor de la lealtad y no de la libertad de expresión, ratificando así la decisión que sobre este caso ya tomó el Tribunal Supremo en el año 2011 cuando anuló el fallo de la Audiencia Provincial favorable a la afectada.

"A mí lo que me molesta y me sigue molestando es la falta de libertad que destila este país, y esta sentencia la encuentro terrorífica. Yo nunca me consideré víctima de nada, pero hoy me considero una víctima del Estado", reacciona Pérez-Alonso en conversación con El Independiente, visiblemente molesta por haberse enterado del fallo "por la prensa" y no por el Tribunal, que todavía no le ha facilitado la sentencia. "Estoy totalmente desconcertada. Me están utilizando de chivo expiatorio contra los diputados del No es No, a los que tampoco conozco de nada, y además defiendo una postura contraria a la suya", denuncia.

El precedente del Supremo

El Tribunal Constitucional confirma los argumentos esgrimidos por el Tribunal Supremo en una sentencia de la que fue ponente el actual magistrado del TC, Juan Antonio Xiol, cuando dio la razón al PSOE y confirmó la sanción de 20 meses de suspensión de militancia a Susana Perez-Alonso. La sala civil del Supremo señaló que los partidos políticos tienen que contar con reglas "que permitan la participación de los afiliados en la gestión y control de los órganos de Gobierno" para garantizar "su democracia interna", ya que sus estructuras y funcionamiento no pueden ser "autocráticos". Además, los jueces señalaron que el derecho a la autoorganización de los partidos políticos tiene "un límite en el derecho de los propios afiliados a la participación en su organización y funcionamiento".

Sin embargo, los jueces explican que los afiliados no tienen derecho al insulto. Por ello, apoya que los estatutos de los partidos políticos establezcan que un socio pueda perder tal condición "en virtud de un acuerdo de los órganos competentes de la asociación basado en que a juicio de estos órganos, el socio ha tenido una determinada conducta que vaya en contra del buen nombre de la asociación o que sea contraria a los fines que esta persigue".

Los jueces explican que el derecho a la libertad de expresión de los afiliados está limitado 'por las características' de los partidos políticos

Los magistrados explican que el derecho a la libertad de expresión de los afiliados está limitado "por las características" de los partidos políticos.  Por estos motivos, la sala civil confirmó la suspensión de Pérez-Alonso al considerar que las frases empleadas en una carta al director publicada en La Nueva España fueron "susceptibles de provocar en los lectores una imagen distorsionada por las connotaciones negativas" y por "crear dudas sobre la honorabilidad de los miembros de la ejecutiva" socialista al asegurar que estos primaron "sus intereses particulares sobre los colectivos que representan". El Tribunal Supremo concluyó que en este caso no se examina la libertad de expresión de los afiliados a un partido político sino el cumplimiento por parte de estos de los Estatutos de la formación tras recordar que el derecho de asociarse en un partido es "una acción voluntaria y libre".

La carta de la discordia

El texto al que alude el Supremo y que provocó la expulsión de Susana Pérez-Alonso, ratificada ahora por el Tribunal Constitucional, fue una carta al director publicada en el citado diario regional el 9 de agosto de 2006. Concretamente, el siguiente párrafo:

En estas líneas establecen el Supremo y el TC el límite entre la libertad de expresión y la lealtad al partido

"Estamos cansados de ver cómo en las listas van personas que no tienen más oficio que el de tener la lengua muy marrón -permítaseme la grosería encubierta-. Queremos políticos de verdad, no verdulerías que poco o nada hacen por la comunidad, y el PP y el PSOE nos llenan el cerebro de escándalos, de palabras asquerosas lanzadas entre ellos. De programa, de calidad de vida, de calidad de edificación, de ayuda social a los enfermos, a los ancianos, de eso no leo nada ni de unos, ni de otros. Nos estamos cansando de ver cómo los pantalones vaqueros marcan lo que está claro que después no tienen. Al parecer, el voto fue por unanimidad, pues los que están en esa ejecutiva con mi apoyo y el de otros compañeros, que sepan que no nos representan, los pusimos ahí para defender la democracia, la honestidad y la libertad, incluido dentro del partido. Estamos cansados de mangantería, de gente que no trabaja y que su única aspiración es ir en la lista, en la que sea, sin que el resto sepamos qué valores los acompañan, qué méritos en la vida civil tienen. Ésa es la clave de muchas cosas: la vida civil, las organizaciones ciudadanas y el poco respeto que desde el aparato de los partidos se les demuestra."

En esas líneas, el Supremo y el Constitucional establecen la línea divisoria entre la libertad de expresión del militante (art. 20 de la CE) y la de autoorganización del partido (art. 22), basándose en lo que entienden como "injurias" que decantan la ponderación entre ambos derechos. Queda fuera de la discusión el artículo 6 de la Carta Magna, sobre los partidos políticos, donde se establece que "su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos".

División en el PSOE

La noticia ha agitado a militantes y académicos. "Con esta decisión, el Tribunal Constitucional retrocede varias décadas en la protección de los derechos y las libertades", defiende Gerardo Pérez Sánchez, profesor de la Universidad de la Laguna y miembro de la Asociación de Constitucionalistas de España (ACE). Y añade: "En su propia doctrina, el TC ha venido defendiendo la posición preferente de la libertad de expresión y de la libertad de información, por su vinculación con los valores de pluralidad y democracia".

Más allá incluso, Pérez Sánchez hace referencia a la jurisprudencia del TC (sentencias 112/2016, 177/2015, 174/2006, 6/2000), en la que el Alto Tribunal incluía la libertad de crítica dentro de la libertad de expresión, "aun cuando la misma sea desabrida y pueda molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige, pues así lo requieren el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin los cuales no existe sociedad democrática". Ahora, el TC matiza estas resoluciones, la última de hace apenas medio año...para gozo de los partidos.

El portavoz de la gestora celebró la decisión del TC y comparó el caso de Oviedo con la situación del partido a nivel nacional

Este mismo miércoles, preguntado por la información adelantada por este medio, el portavoz de la gestora socialista, Mario Jiménez, celebraba el fallo del Constitucional. "Parece mentira que haya tenido que ser el TC el que se pronuncie sobre la fidelidad y el cuidado de los militantes a las normas e imagen del partido, a que deben tener lealtad", ha asegurado. Y ha mandado un aviso a navegantes al extrapolar la situación producida en Oviedo en 2006 a la que vive el partido en 2017 a nivel nacional: "Lamentablemente, estamos asistiendo en los últimos meses a una actitud continuada por parte de algunos de intentar plantear las cosas al margen de las normas y de un principio de lealtad al partido más allá de las personas que estén al frente".

No ha sido la única reacción interna al fallo. Ya el martes, el secretario de Organización del PSOE en Sevilla, José Muñoz, compartía la información en redes sociales recordando a los militantes "la obligación de acatar los acuerdos de sus órganos de dirección". Pocas horas después lo hacía José Antonio Pérez Tapias, candidato en las primarias de la formación en 2014 y referente de la corriente Izquierda Socialista, muy crítica con la gestora: "Lamentable. La lealtad exige crítica".

Lo cierto es que, atendiendo a los actos y palabras de los partidos en estos últimos meses, la contestación interna tiene un negro futuro en el panorama político español.

Los cuatro grandes partidos están dando pasos para luchar contra las corrientes y la contestación interna

Ciudadanos ha prohibido las corrientes internas de opinión en su última modificación de los estatutos, y lo hizo el mismo día que Pablo Iglesias exigió el fin de las "corrientes", los "bloques" y los "partidos" dentro de la formación morada tras el congreso de Vistalegre. El propio PSOE ha llegado a pensar en la supresión de sus corrientes internas en el próximo Congreso, aún sin fecha, y en el PP ni existen ni se las espera. De hecho, los populares establecen en el apartado h) del artículo 13.1 de sus estatutos que será una falta muy grave "crear o inducir a la creación de corrientes de opinión, contrarias a los intereses del partido, organizadas en su seno, así como participar en ellas".

Un camino propicio a imponerse y que la última decisión del Tribunal Constitucional podría ayudar a pavimentar. Lo expresa la propia afectada: "Esta información excede lo que me pasa a mí. Yo me gano la vida escribiendo. ¿Lo que dicen esos señores es que yo no puedo, en una novela, criticar al Partido Socialista si soy militante? ¿Significa que un periodista no puede militar en un partido político porque entonces no puede informar sobre el partido político en el que milita?".