El Tribunal Supremo ha inadmitido una querella de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, contra la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, que aseguró a varios medios de comunicación que la mandataria madrileña debería estar en la cárcel por su "gestión homicida" de la pandemia.

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Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente. El alto tribunal descarta investigar a la diputada al concluir que las afirmaciones se enmarcan en la crítica política y están protegidas por la libertad de expresión, por lo que no pueden ser perseguidas como un delito de calumnias con publicidad. Según el escrito, las palabras de Belarra —pronunciadas el 14 de marzo de 2025 ante varios medios— tienen "profunda relevancia" y son "rudas y directas", pero no implican la atribución concreta de un delito, sino una valoración política amparada por el debate democrático.

El ponente del auto ha sido el magistrado Pablo Llarena, y la resolución ha sido suscrita por el presidente de la Sala de lo Penal Andrés Martínez Arrieta y los jueces Julián Sánchez Melgar, Ángel Luis Hurtado —que procesó al exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por difundir datos reservados de la pareja de Díaz Ayuso— y Leopoldo Puente, instructor del 'caso Koldo'.

El tribunal cita doctrina del Tribunal Constitucional para advertir del "riesgo" de utilizar el derecho penal frente al ejercicio de la libertad de expresión, ya sea moderado o "exacerbado", y subraya que no puede emplearse para "acallar opiniones". Añade que en un Estado democrático la crítica hacia responsables públicos puede resultar dura o injusta, pero forma parte de la actividad política, especialmente cuando procede de representantes electos.

El Supremo recuerda además que en 2020 ya descartó indicios penales en la gestión de la pandemia por parte de distintos gobiernos, incluido el madrileño, por lo que no cabe sostener que Belarra atribuyera hechos delictivos concretos a Ayuso. Con estos argumentos, la Sala acuerda la inadmisión de la querella y el archivo de las actuaciones, tal y como había propuesto previamente el Ministerio Fiscal.

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