Hasta ahora, asistir a un festival de música en España implicaba una norma no escrita que afectaba directamente a los asistentes: no poder entrar con comida ni bebida del exterior, lo que suponía un gasto extra innecesario y abusivo. Esta restricción obligaba a comprar todo dentro del recinto, encareciendo la experiencia y limitando la libertad de elección de los consumidores.

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Pero esta situación ha cambiado con un fallo histórico. El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Valencia ha declarado abusivas e ilegales las cláusulas que impedían a los asistentes del festival -en concreto del Madrid Salvaje- entrar con comida y bebida compradas fuera. Es la primera sentencia en España que prohíbe esta práctica en festivales de música.

Motivos que han desencadenado esta decisión: ¿qué dice la sentencia?

La decisión judicial surge a raíz de una denuncia de Facua-Consumidores en Acción, que identificó prácticas abusivas en el festival. Por un lado, la prohibición de entrar con comida o bebida del exterior. Por otro, el cobro de tres euros por gestión a quienes querían recuperar el dinero no consumido en las pulseras cashless -sistema de pago obligatorio dentro del festival-. El juez ha señalado que "no puede olvidarse que la actividad esencial del evento es meramente musical".

La sentencia considera que estas cláusulas eran abusivas. La actividad principal del festival es la música y el entretenimiento, mientras que los servicios de comida y bebida son accesorios o complementarios. Obligar a consumir solo dentro del recinto "supone imponer un servicio que no ha sido solicitado" y genera incomodidad, ya que los asistentes tendrían que salir del festival -arriesgándose en algunos casos a no poder volver a acceder- para evitar pagar precios internos elevados.

La promotora, Madrid Salvaje AIE, ha sido condenada a cesar estas prácticas y no volver a aplicarlas en el futuro. Cabe recordar que esta promotora ya había sido multada con 96.000 euros por prácticas similares en otro de sus festivales, Brava Madrid, también a raíz de denuncias de Facua.

El coste de beber y comer dentro de los conciertos o festivales

Hasta ahora, entrar sin comida propia podía suponer un gasto importante. Un refresco que en un supermercado se encuentra por 1,5 euros podía subir a 5 o 6 euros dentro. Un vaso de agua podía costar 3 euros. Lo mismo con la comida: los snacks, bocadillos o hamburguesas se vendían a precios inflados, obligando a los asistentes a pagar mucho más de lo necesario.

Este fallo permite que los asistentes traigan su propia comida y bebida, evitando estos sobrecostes y recuperando la libertad de elección sobre lo que consumen. Además, podrán llevar alimentos adaptados a sus necesidades dietéticas, intolerancias o preferencias personales.

La importancia de esta sentencia para los consumidores

La resolución protege los derechos de los consumidores, devolviendo a los asistentes la posibilidad de decidir qué comer y beber sin estar obligados a pagar precios inflados dentro del recinto. Permite ahorrar dinero, evita la incomodidad de salir del festival para consumir alimentos y ofrece mayor libertad a quienes tienen necesidades dietéticas especiales. Además, establece un equilibrio entre la experiencia musical y los servicios complementarios ofrecidos en los festivales.

Lo que cambia a partir de ahora

Aunque la sentencia se aplica específicamente a Madrid Salvaje, sienta un precedente para que otros asistentes y asociaciones reclamen sus derechos en otros festivales y eventos culturales. Antes, muchos cines también prohibían entrar con comida, aunque hoy ya es habitual poder hacerlo en varios establecimientos. En parques de atracciones y otros eventos masivos, la prohibición todavía se mantiene en muchos casos. Este fallo podría abrir un precedente para cuestionar restricciones similares en otros espacios de ocio.

Plantea también un debate más amplio sobre los límites entre la estrategia comercial de los organizadores y los derechos de los consumidores, especialmente cuando se trata de servicios accesorios que no forman parte de la experiencia principal.

En pocas palabras: a partir de ahora, los festivales no podrán obligarte a pagar de más por comida y bebida dentro del recinto. Los asistentes recuperan un derecho que parecía obvio pero que hasta hoy no estaba protegido judicialmente.

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