El Tribunal Supremo ha bendecido el robo de información de más de 500 evasores fiscales que llevó a cabo Hervé Falciani cuando trabajaba en la sede del HSBC en Ginebra. El alto tribunal ha establecido que los jueces pueden usar esta información porque fue obtenida por un particular, aunque fuera para negociar con ella, pero reconocen que sería nula si la hubiera conseguido el Estado. Francia, Italia, Bélgica, Alemania y ahora España apoyan los procesos abiertos en sus países por la lista Falciani.

La sentencia recuerda que la lista Falciani fue intervenida en Francia durante un registro judicial en el domicilio del ex banquero en el 2010. Y que las autoridades francesas entregaron a funcionarios de la Agencia Tributaria un DVD que contenía datos de los clientes españoles del banco suizo que había sido robada por Falciani.

Tres archivos

En este soporte informático figuraban tres archivos: uno de personas físicas, otro de personas jurídicas (empresas) que se habían constituido en paraísos fiscales y un tercero que reunía datos personales de personas y empresas e información sobre su patrimonio en el HSBC en el 2005 y en el 2006.

En este listado figuraba Sixto Delgado, un ingeniero industrial residente en Madrid y jubilado, que había pagado a Hacienda, a plazos, 722 euros en su declaración del 2005 y 3.460 euros en el 2006. Se da la circunstancia de que Delgado "nunca usaba tarjetas de crédito" y gracias a la lista Falciani se descubrió que escondía en el HSBC seis cuentas que en el 2005 arrojaban un saldo de 4,9 millones de euros y en el 2006 de 5,2 millones de euros.

Seis cuentas en Suiza con saldos millonarios y pagos a Hacienda a plazos

El ingeniero nunca declaró estos ingresos y no se presentó personalmente en las 11 ocasiones que le citó la Agencia Tributaria cuando le abrió una inspección y su representante no facilitó ninguna información sobre estas cuentas. Por ello, la Audiencia Provincial de Madrid le condenó a seis años de cárcel por dos delitos fiscales y al pago de una multa de 11,3 millones de euros.

Las líneas rojas en la investigación

Este condenado acudió al Tribunal Supremo con la esperanza de que se anulara la información proporcionada por Falciani, pero ha logrado lo contrario. Los jueces explican que es la primera vez que se pronuncian sobre este robo que fue avalado por la Audiencia Nacional cuando se negó a extraditar al ex banquero del HSBC a Suiza que quería juzgarle por haber sustraído los datos de los clientes de esta entidad.

Sin embargo, los togados afirman que la negativa a entregar a Falciani a Suiza no se puede interpretar como "una santificación" de la prueba "cuya licitud se cuestiona". Los magistrados utilizan este caso para insistir en la necesidad de que los tribunales marquen las líneas rojas al Estado cuando intenta obtener pruebas para perseguir delitos.

El Estado no puede usar atajos para perseguir delitos

"El poder del Estado" para enjuiciar hechos delictivos no puede "prevalerse de atajos", afirman. Y consideran que "la vulneración de los derechos del acusado abre una grieta en la estructura misma del proceso penal" cuyos efectos "contaminan" al resto de las pruebas logradas contra el investigado.

Regla de excepción

Sin embargo, los jueces ofrecen una alternativa para avalar la lista Falciani y es que esta información fue obtenida por un particular que no se sabe si lo hizo para "obtener un provecho económico" o "para fomentar el debate sobre los límites del secreto bancario". En cualquier caso, lo importante es que "el acceso que llevó a cabo de datos bancarios no lo hizo en nombre del Estado".

Por ello, aplican "una regla de excepción"porque "lo determinante es que nunca" ha actuado "de forma directa o indirecta, como una pieza camuflada del Estado al servicio de la investigación penal".

Los particulares también tienen que cumplir unas normas cuando obtienen pruebas para perseguir delitos

No obstante, los magistrados establecen algunos límites para la obtención de pruebas por los particulares. Y rechazan que las puedan conseguir "mediante la consciente y deliberada infracción de derechos fundamentales de terceros". Es decir, no son válidas si las logran interceptando comunicaciones en vez de de acceder a las mismas "en un escritorio". O si les llegan de forma "causal por un error en la identificación del destinatario" en vez de entrar "subrepticiamente en el domicilio" de una persona.

Niegan que fuera un agente estatal

Además, la sentencia rechaza que se pueda considerar a Falciani como "un agente estatal" porque aunque su "objetivo inicial era difundirla y provocar unos titulares mediáticos de gran impacto" luego "cambió de opinión" y optó por colaborar con la justicia.

Los jueces avisan a la policía que no pueden usar a ciudadanos en sus investigaciones

Este cambio de criterio, sin embargo, no supuso "un pacto" con las autoridades españolas que le detuvieron por orden de Suiza para lograr ventajas procesales ni tampoco pasó a engrosar la lista de colaboradores policiales, a pesar del interés "de los poderes públicos españoles en el castigo de los evasores fiscales".

El Tribunal Supremo aclara que esta excepción que establece no significa en modo alguno trasladar el mensaje al Estado de que puede "usar pruebas" vulnerando "las reglas constitucionales en juego". Y le advierte de que si actúa de este modo sus pruebas serán anuladas para "frenar los excesos del Estado en la investigación" de los delitos. Además, avisa a los agentes de que "no pueden utilizar el subterfugio de usar a un activo particular que actúe a su servicio".

Las consecuencias

Los magistrados además avalan la entrega de la información por parte de las autoridades francesas a España al admitir que la entrega del DVD se produjo "al amparo de la normativa internacional" y rechazan que fuera necesaria la presencia de un juez o de un secretario judicial cuando se llevó a cabo el volcado de la información en Hacienda.

De este modo, el alto tribunal protege los procesos abiertos en varios juzgados de España contra los clientes españoles del HSBC en Ginebra por delitos fiscales por no haber tributado por el dinero que escondían en el país helvético.