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El Tribunal Constitucional evita un agujero de 9.500 millones en el recibo de la luz

El Alto Tribunal respalda el impuesto del 7% a la producción de la electricidad al inadmitir la cuestión de constitucionalidad planteada por el Supremo sobre el tributo. De momento, el caso sigue vivo en el Supremo.

Turbinas de energía eólica.

Molinos de energía eólica. Flickr | Fotos GovBa.

El Tribunal Constitucional echa un jarro de agua fría a los miles de productores de electricidad (con Iberdrola a la cabeza) que emprendieron una batalla legal contra el impuesto que grava con un 7% el valor de la generación de electricidad. El Alto Tribunal no ve inconstitucionalidad alguna en el tributo, creado por el primer Gobierno de Mariano Rajoy en 2012 como uno de los pilares de su reforma energética. Un golpe que algunas fuentes jurídicas consideran definitivo, aunque el caso formalmente aún sigue vivo.

Tras un largo proceso legal, con recursos y contrarrecursos que han ido yendo y viniendo de unas instancias jurídicas a otras, el Tribunal Supremo volvió a plantear el pasado enero al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad (la segunda en menos de dos años) relativa al impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica (IPVEE). El Supremo le pedía al Constitucional que determinara si el tributo era constitucional o no antes de pronunciarse sobre el recurso presentado por Iberdrola contra el impuesto.

El TC ha decidido directamente inadmitir la cuestión de constitucionalidad al considerar “notoriamente infundadas” las dudas que planteaba el Supremo, según ha adelantado El Confidencial. El Tribunal Supremo ponía bajo sospecha la legalidad del impuestofundamentlamente porque podía estar sometiendo a una doble imposición a las compañías al solaparse con la tributación aplicada a la misma capacidad económica (la producción de electricidad) que las compañías energéticas ya están pagando con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

“Una misma actividad económica es susceptible de ser sometida a tributación por gravámenes distintos desde perspectivas diferentes (…) sin que ello suponga necesariamente una doble imposición”, sostiene el Constitucional en su auto. “La doble tributación entre el IVPEE y el IAE no vulnera ningún precepto constitucional”.

Y es que, según argumentan los magistrados, la doble imposición se da en el caso de impuestos autonómicos en relación a tributos estatales y locales, y no en el caso de un impuesto estatal (el 7% eléctrico) y uno local (el IAE). En este caso cabría anular el impuesto si se detectara afán de confiscatoriedad, pero el TC tampoco lo detecta en el IVPE (y además ni el Supremo ni la propia Iberdrola en su recurso argumentan que exista tal afán).

Fuentes del sector eléctrico sostienen que, a pesar del auto del Constitucional, el proceso legal sigue adelante y ahora será el Tribunal Supremo el que deberá pronunciarse al respecto. "El Constitucional no ha aceptado ni avalado el gravamen del 7%, sólo ha emitido un auto de inadmisión. El proceso judicial sigue su curso. El auto del TC sobre el asunto del 7% devuelve el recurso al Supremo que debe ahora resolver sobre las argumentaciones expuestas por las partes", apuntan, al tiempo que consideran que el Supremo aún puede plantear nuevas cuestiones de inconstitucionalidad sobre otros aspectos de la ley que incluye el tributo y que de momento no se han abordado.

Sin embargo, varias fuentes jurídicas dan el caso directamente por perdido para los miles de productores que querían tumbar el impuesto. Y es que el tributo, al estar incluido en una ley, sólo puede ser anulado si se considera contrario al derecho de la Unión Europea (algo que el Tribunal Supremo ha descartado) o si es inconstitucional. "El Constitucional ha inadmitido la cuestión, ni siquiera ha entrado en el fondo de la cuestión. Y eso es porque ve muy claro que no hay inconstitucionalidad", indica una de las fuentes jurídicas. "Si no es contrario a derecho comunitario ni inconstitucional, el Supremo no verá ningún otro motivo para tumbar el impuesto. El caso está perdido".

Un roto milmillonario

La decisión del Tribunal Constitucional aborta, al menos de momento, la posibilidad de que se creara un roto milmillonario en el sistema eléctrico español si el impuesto era finalmente anulado. Si se hubiese considerado ilegal el impuesto, las eléctricas podrían haber acabado recuperando todo o parte de los 9.500 millones de euros recaudados desde 2013 (a razón de unos 1.600 millones de euros al año).

Si se hubiese anulado el impuesto, el Tribunal Constitucional habría tenido que determinar la magnitud de ese impacto. Según fuentes jurídicas consultadas por El Independiente, el TC podía establecer la devolución de todo lo recaudado desde la creación del impuesto en 2013 (los 9.500 millones); podía limitar los efectos de la decisión en su plazo de aplicación (devolver sólo lo pagado en un determinado número de años); o podía no hacer retroactivos los efectos de la anulación (obligando a que se deje de aplicar, pero sin devolver lo recaudado hasta entonces).

En paralelo, TC también podía acotar el número de compañías que se beneficiarían de la devolución, por ejemplo, limitándolo a sólo a las que hayan recurrido la norma y no a todos los productores que abonaron el impuesto. Las posibilidades eran múltiples, y varias de ellas -según subrayan varias compañías eléctricas- implicaban poner en jaque la estabilidad financiera de todo el sistema eléctrico.

En caso de devolución, formalmente el que tiene que hacerse cargo era el Tesoro Público, como recaudador del impuesto; pero como todo lo cobrado estos años se ha trasladado al sistema eléctrico, el Tesoro podría reclamárselo y que la devolución la pagara indirectamente el sistema… esto es, los consumidores a través del recibo de la luz.

Un pilar de la reforma eléctrica

El Gobierno puso en marcha en 2012 una dura reforma energética con el objetivo de cuadrar las cuentas del sistema eléctrico, que acumulaban un enorme desfase entre ingresos y costes reconocidos que llegó a rondar los 29.000 millones de euros (el famoso déficit de tarifa).

Además de fuertes recortes en todas las partidas (el más sonado el aplicado a las renovables), el Ministerio de Industria –entonces comandado por José Manuel Soria- decretó subidas del recibo eléctrico y también impuso a las compañías unos impuestos de nueva creación para elevar los ingresos anuales.

Entre los nuevos tributos, un impuesto del 7% del valor de la electricidad que pagan todos los productores. Todos los generadores de electricidad, sea cual sea la tecnología que utilicen (nucleares, renovables, carbón, gas, hidroeléctrica…), han pagado conjuntamente desde que empezó a aplicarse este impuesto en 2013 una media de 1.600 millones de euros cada año. En total, la recaudación por el impuesto del 7% supera los 9.500 millones de euros desde 2013 y contando la previsión de ingreso para este 2018. Una recaudación que, al menos de momento, continuará.

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