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El Gobierno aprueba el decreto que permitirá a los policías locales jubilarse a los 59 años

Los interesados deberán solicitar su baja antes del 31 de enero

Un policía local de Madrid, de servicio.

Un policía local de Madrid, de servicio. Europa Press

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que permitirá a los policías locales jubilarse de forma anticipada en el caso de reunir una serie de condiciones. De esta forma, en el mejor de los casos, las plantillas de la Policía Local podrán jubilarse con 59 años en caso de contar con 37 años cotizados y 15 años como mínimo en el cuerpo.

Así lo ha confirmado la portavoz del Gobierno y ministra de Educación, Isabel Celaá, en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros en el que se da por finalizada así lo que ha admitido es "una demanda largamente sustentada" por el colectivo, que engloba a unos 70.000 agentes.

Fuentes del sindicato CSI-F estiman que ya en 2019 serán unos 3.000 los efectivos que se acojan a la jubilación anticipada. Según ha precisado, Celaá, quienes quieran acogerse a esta modalidad deberán comunicarlo antes del 31 de enero de cada año.

Las condiciones

En concreto, el texto del Real Decreto, al que ha tenido acceso El Independiente, establece que la edad a la que podrán jubilarse de forma anticipada los policías locales será el resultado de aplicar un coeficiente reductor del 0,20 a la edad legal de jubilación de cada momento, que para el año 2019 será de 65 y 8 meses.

Con la salvedad del coeficiente reductor, los policías locales no se podrán jubilar de forma anticipada en ningún caso a una edad cinco años inferior a la ordinaria de jubilación, o en seis años en los supuestos en que se acrediten 37 años de actividad efectiva y cotización. Eso sí, sin computar la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias.

De este modo, la edad límite para poder acceder a la jubilación anticipada en 2019 será de 59 años y 8 meses.

Los años de cotización efectiva como policía local para poder anticipar la edad de jubilación en seis años se exigirán de forma progresiva de acuerdo con la siguiente escala: 35 años y 6 meses en 2019; 36 años en 2020, 2021 y 2022; 36 años y seis meses entre 2023 y 2026; y 37 años en 2027 y años posteriores.

Sobrecotización

Por otro lado,  como ya se había anunciado, para poder acceder a la jubilación anticipada, los policías locales tendrán que hacer frente a un incremento en la cotización a la Seguridad Social para contrarrestar la reducción de ingresos provocada por la retirada temprana de los efectivos.

En este punto, la norma se remite a “los términos y condiciones que se establezcan legalmente”. Pues bien, los Presupuestos de 2018 recogieron una enmienda en la que preveía un tipo de cotización adicional sobre la base de contingencias comunes del 10,60%, del que un 8,84% será a cargo de la Administración y el 1,76% a cargo del funcionario.

En España, hay cerca de 70.000 policías locales, de los cuales 3.200 tienen más de 60 años y 4.000 tienen entre 55 y 60. En el caso de Madrid, una de las comunidades con plantilla de más edad, CSI-F calcula que esta medida afectará a 1.000 de los alrededor de 6.000 policías locales en ejercicio actualmente.

Además, para CSIF cree que es esencial introducir mejoras en la normativa aprobada este viernes para que los policías locales que hayan trabajado anteriormente en las Fuerzas Armadas, entre otros cuerpos, puedan también computar este tiempo trabajado para acceder a la jubilación anticipada.

Por su parte, la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO no se olvida de que aún quedan otras policías en el Estado que no tienen reconocida la anticipación de la edad de jubilación. Este sindicato lleva años pidiendo a los responsables políticos que se incluya a las policías autonómicas en el mismo expediente que a las locales.

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