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La CNMC estudia multar a Booking por posibles prácticas contra la competencia

Abre un expediente sancionador tras dos denuncias recibidas por la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid

Oficina de Booking en Bruselas.

Oficina de Booking en Bruselas. Tetris

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un expediente sancionador contra el portal de reservas de alojamiento Booking.com. El organismo que preside Cani Fernández estudia imponer una multa por posibles prácticas restrictivas de la competencia prohibidas por la normativa europea.

Tras dos denuncias presentadas por la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid, se abren pesquisas sobre una serie de prácticas que podrían suponer un abuso de la posición de dominio de Booking.com con respecto a los servicios de intermediación que ofrecen diversas agencias de viaje en línea a hoteles, conocidas por sus siglas en inglés como OTA.

Estas prácticas consistirían en imponer condiciones inequitativas a los hoteles situados en España, y en implementar políticas comerciales que habrían podido tener efectos de exclusión sobre las demás agencias de viaje en línea, así como sobre otros canales de venta en línea.

Las conductas investigadas también incluirían prácticas que explotarían la situación de dependencia económica que tendrían los hoteles situados en España con respecto al portal de reservas. "Este hecho constituiría un acto de competencia desleal que podría falsear la libre competencia con afectación al interés público", dice la CNMC en un comunicado.

A la vista de las citadas denuncias y de la información recabada en el marco de la fase de información reservada, "la Dirección de Competencia de la CNMC considera que existen indicios racionales de la comisión, por parte de Booking.com B.V., de posibles infracciones de los artículos 2 y 3 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y en el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) (S/0005/21).

En todo caso, la incoación del expediente "no prejuzga el resultado final de la investigación" y, a partir de ahora, se inicia un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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