Las cuentas bancarias solo se cancelan si el titular o titulares de la misma lo piden. Si no es así, esa cuenta queda abierta y si no hay movimiento el Estado se queda el dinero, los valores y los bienes muebles. En concreto, la Dirección de Patrimonio, dependiente del Ministerio de Hacienda, recibe ese montante de las cuentas con 20 años de inactividad. El Gobierno ingresó 21,24 millones de euros en 2022, últimos datos disponibles.
Esta cifra supone un 33,91% menos que el importe del ejercicio anterior, cuando el Estado recaudó 32,14 millones de euros. Del total del importe declarado en abandono, corresponden a saldos en metálico 13,05 millones de euros es decir, un 61,43%, mientras que el valor nominal de los 885.685 títulos valores declarados en abandono asciende a 8,19 millones de euros.
En el ejercicio se han formulado declaraciones de un total de 184 entidades. De ellas han resultado positivas un total de 49; de éstas, el 21,74% han sido efectuadas por bancos (con un 95,03% del metálico ingresado y un 99,65% del valor nominal de títulos declarados en abandono), el 33,15% corresponden a Cajas de Ahorros y el 45,11 % restante a otro tipo de entidades (Caja General de Depósitos, Consorcio de Compensación de Seguros y Sociedades y Agencias de Valores y Establecimientos Financieros).
La mayor cifra registrada hasta la fecha, según la serie histórica que ofrecen las memorias de la Dirección General del Patrimonio del Estado, fue en 2020, cuando se ingresó 62,65 millones de euros (supuso un aumento casi del 85% respecto al año anterior). Según los datos de Patrimonio, desde el año 2000, el Estado ha recaudado 401 millones de euros.
Todos estos movimientos se explican por la ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, una normativa que obliga a las entidades financieras depositarias de bienes muebles y saldos abandonados a comunicar al Estado la situación de estos remanentes para posteriormente hacer efectiva la transferencia. Los saldos y depósitos afectados suelen ser los de pequeñas cuentas secundarias de las que el dueño no tiene constancia, así como otras en las que el titular ha fallecido.
El efectivo y saldos de las cuentas y libretas inactivas, según la norma, se destinarán a financiar programas dirigidos a promover la mejora de las condiciones educativas de las personas con discapacidad.
Tal y como explican desde el Banco de España, si el cliente tiene una cuenta abierta que no usa, el banco tiene que informar de su existencia y advertirle de que esta situación podría generar gastos o perjuicios. En el caso de la presunción de abandono, el banco debe informar a los titulares como paso previo a la comunicación al Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Además de comprobar y garantizar que no se ha realizado ninguna gestión en dicha cuenta durante el plazo de 20 años, el banco deberá también notificar, al menos tres meses antes, mediante correo certificado o medio análogo a la dirección que conste en su registro, la situación de la cuenta y el plazo restante para considerarla abandonada. No será necesario este aviso cuando el coste de la notificación supere, previsiblemente, el importe de los fondos.
Además, también debe facilitar la certificación de que el dinero de la cuenta se ha entregado a la Administración General del Estado, con indicación expresa de la fecha de su declaración y de la delegación de Economía y Hacienda ante la que se ha presentado.
El órgano encargado de dictar la declaración de un saldo en presunción de abandono es la Dirección General del Patrimonio del Estado. Por lo tanto, si el cliente no estuviera de acuerdo con la declaración de un saldo en presunción de abandono y quisiera presentar una reclamación, debe dirigirse a la Dirección General del Patrimonio del Estado.
El Banco de España recomienda mantener actualizados los datos de contacto. Si en algún momento se decide dejar de usar una cuenta, lo más conveniente será dar instrucciones expresas al banco, por escrito, solicitando su cancelación.
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