El Tribunal Supremo y la Agencia Tributaria han marcado un antes y un después en la gestión y tributación de los pensionistas que aportaron a mutualidades laborales entre 1967 y 1978.

La reciente sentencia del Tribunal Supremo, que cuestiona el método de cálculo de Hacienda para la devolución del IRPF por las mutualidades, junto a la adaptación normativa de la Agencia Tributaria, revela no solo un cambio legislativo sino también un ajuste en la percepción de justicia tributaria para miles de jubilados.

El fallo del Tribunal Supremo es un hito en la jurisprudencia española, al reconocer la injusticia en el método de cálculo utilizado por la Agencia Tributaria para determinar el IRPF a devolver a los jubilados de las mutualidades laborales. Este criterio, que beneficiaba desproporcionadamente a aquellos con menos años de cotización, fue considerado discriminatorio para los trabajadores de mayor edad que habían contribuido durante más tiempo.

La sentencia para la aplicación del IRPF

La corte estableció un principio equitativo: para calcular la reducción aplicable en el IRPF por aportaciones a mutualidades no deducibles en su momento, se debe tomar como referencia los años cotizados necesarios para alcanzar el 100% de la pensión, descartando los años cotizados en exceso.

Esta decisión asegura un beneficio fiscal más justo, especialmente relevante para quienes cotizaron durante periodos extendidos sin recibir un incremento proporcional en su pensión.

Ante este revés judicial, la Agencia Tributaria se movilizó rápidamente para ajustar sus procedimientos y ofrecer una solución a los afectados. La creación de un formulario específico para la solicitud de devolución del IRPF por este concepto, disponible desde el 20 de marzo, simplifica enormemente el proceso para los pensionistas, eliminando la necesidad de aportar documentación adicional y prometiendo una rectificación automática en las declaraciones de renta.

Esta medida no solo refleja un cambio en la gestión interna de la Agencia sino también un compromiso renovado con la accesibilidad y la eficiencia, reconociendo la importancia de adaptarse rápidamente a las decisiones judiciales y las necesidades de los contribuyentes.

Implicaciones de la sentencia

Más allá de las implicaciones legales y administrativas, estos desarrollos tienen un profundo impacto humano y social. Para los jubilados afectados, esta corrección representa no solo un alivio financiero sino también un reconocimiento de su derecho a una tributación justa y equitativa. La rectificación de estos cálculos puede significar un incremento significativo en los ingresos disponibles de miles de pensionistas, mejorando su calidad de vida y reconociendo adecuadamente sus aportaciones al sistema de seguridad social del país.

Por otro lado, este caso pone de relieve la importancia de una legislación clara y justa en materia de pensiones y tributación. La capacidad de adaptación del sistema tributario, así como su justicia y equidad, son esenciales para la confianza pública en las instituciones fiscales y en el sistema de seguridad social.

Cómo y quién puede reclamar el IRPF

Actualmente, individuos que durante los años 1967 a 1978 contribuyeron a mutuas laborales y que en la actualidad reciben pensiones de jubilación o por invalidez, tienen el derecho a solicitar devoluciones. Este grupo incluye a profesionales de sectores clave en el crecimiento económico de España durante los años 60 y 70, como son la banca, el comercio, la industria de la construcción y la metalurgia. Estas devoluciones corresponden a las declaraciones de renta de los años 2019 a 2023, dado que los períodos anteriores ya no son reclamables.

Para el presente año, los beneficiarios deberán observar en sus datos fiscales la inclusión automática de esta devolución, que representa el 75% de las cotizaciones.

La Agencia Tributaria ha facilitado un proceso exclusivamente digital para estas solicitudes, mediante un formulario online.

El procedimiento requiere la autoidentificación del solicitante y la decisión de actuar por cuenta propia o como representante de otro, además de incluir información de contacto y detalles bancarios. Con el envío del formulario, los usuarios autorizan a la Agencia Tributaria a gestionar y presentar las liquidaciones necesarias de los años 2019 a 2022 y, si es aplicable, solicitar la rectificación para el año 2023 en caso de no reflejarse la reducción pertinente en la pensión.

La cantidad a ser devuelta varía según cada caso, dependiendo de las cotizaciones previas, pudiendo llegar a recuperar el 25% de las cotizaciones de los últimos cuatro años.

Respecto a la documentación necesaria, la Agencia Tributaria no requiere inicialmente ningún documento adicional para procesar estas solicitudes, ya que dispone de toda la información requerida. Sin embargo, podrían solicitar documentos adicionales si surgiera la necesidad durante el proceso de revisión.

Dudas sobre la devolución

Para aquellas personas que necesiten más información o que les resuelvan dudas la administración ha puesto en marcha diferentes formas de contacto:

  • Teléfono gratuito: 91 889 81 46 (o 901 200 346 teléfono de pago) de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas.
  • Puede pedir cita previa para el servicio en oficinas de Mutualistas: Formulario de solicitud de devolución. Para ello tiene que meterse en la Sede electrónica o llamar al teléfono 91 290 13 40 (o 901 200 351, de pago) de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.
  • Llamar al 91 554 87 70 (o 901 33 55 33 teléfono de pago) de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.