La prevalencia de los convenios autonómicos sobre los sectoriales entró en vigor este jueves, no sin antes provocar las quejas de sindicatos y organizaciones de empresarios mayoritarias. PSOE y PNV pactaron el cambio legislativo de cara a la investidura de Pedro Sánchez, pero no se ha negociado ni retocado de la mano de los los agentes sociales, como suele ser habitual antes de sacar adelante legislación laboral.

Estas organizaciones están, además, especialmente ofendidas porque el Gobierno habría tenido tiempo de sobra para hacerlo, puesto que el mencionado pacto de investidura que incluía dicha prevalencia se firmó en noviembre. Después, en diciembre el Gobierno coló la prioridad aplicativa de los convenios autonómicos en un real decreto-ley de un tema distinto, el de la reforma del subsidio de desempleo. Unas semanas más tarde, el Congreso lo tumbó al completo por los votos en contra de Podemos, PP y Vox. Y esta semana la norma ha vuelto al Consejo de Ministros, otra vez junto a la reforma de los subsidios asistenciales -modificada para que ahora sí guste a Podemos-, y de nuevo sin negociarse con los agentes sociales. Para más inri, no se informó de este asunto en la rueda de prensa posterior, pese a que en la misma compareció la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

La prevalencia de los convenios autonómicos estará condicionada a que su aplicación resulte más favorable para los trabajadores

Según el BOE del miércoles, se incorpora en el texto una modificación del artículo 84 del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores “al objeto de mejorar la regulación de la negociación colectiva en el ámbito de las comunidades autónomas, asegurando la aplicación de los acuerdos o convenios más favorables para las personas trabajadoras”. La prevalencia de los convenios autonómicos sobre los sectoriales y estatales, de acuerdo con la nueva norma, estará condicionada a que su aplicación resulte más favorable para los trabajadores que la fijada en los convenios o acuerdos estatales y a que obtenga el respaldo de las mayorías exigidas para constituir la comisión negociadora.

La misma prioridad aplicativa tendrán los convenios colectivos provinciales cuando así se prevea en los acuerdos interprofesionales de ámbito autonómico y siempre que su regulación resulte más favorable para los trabajadores que la establecida en los convenios estatales. Sin embargo, se considerarán materias no negociables en ambos ámbitos, el autonómico y el provincial, el periodo de prueba, las modalidades de contratación, la clasificación profesional, la jornada máxima anual de trabajo, el régimen disciplinario, las normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales y la movilidad geográfica.

En la reforma laboral no se pactó dejarlo fuera

Estos cambios, que en principio podrían parecer inocuos, han provocado todo tipo de quejas. Entonces, ¿es perjudicial la reforma? ¿Qué implicaciones puede tener? Para empezar, hay que señalar que la principal queja de sindicatos y empresarios tiene que ver con que no se ha negociado, pero apenas entran en el contenido. Es cierto que este aspecto se dejó fuera de la reforma laboral de 2021, pero no lo es, como apunta CEOE, que se acordase no tocarlo más adelante. “Simplemente estuvimos de acuerdo en que en eso no íbamos a alcanzar un acuerdo”, explica a este periódico Raúl Olmos, adjunto a la Secretaría de Acción Sindical de CCOO.

En sus comunicados, los sindicatos no entran a valorar el contenido del cambio legal, ni siquiera se manifiestan en contra de la medida. Sin embargo, CEOE sí que critica que el cambio atenta contra la unidad de mercado, que va en dirección contraria a los esfuerzos que se están realizando a nivel europeo, y que complicará la competitividad futura del país y de la UE. La patronal ha rechazado explicar su postura a este medio, aludiendo a problemas de agenda. Desde CCOO, Olmos explica que la falta de posicionamiento de los sindicatos tiene que ver con que es un tema que siempre ha generado un amplio debate dentro de los mismos. 

Es habitual que las empresas demanden unidad de mercado para garantizar su competitividad, y que, por tanto, insistan en que es mejor que la negociación colectiva esté centralizada a nivel estatal o a nivel de empresa. "El principal riesgo para las empresas es pagar más, tener que dar más vacaciones, menos jornada, etcétera", explica Alejandro Pérez, abogado especializado en derecho laboral del bufete Vaciero. "La reforma laboral quitó la prioridad total de los convenios de empresa, pero esto va más allá. Se ha cambiado el párrafo tercero del artículo 84 y dice que tienen prioridad los convenios colectivos autonómicos", añade.

Sin embargo, el impacto en los trabajadores puede ser más difícil de prever. Por su lado, Olmos (CCOO) cree que la modificación legal, va a cambiar "muy, muy, muy poquito la realidad". "Antes ya se daba prioridad a la negociación colectiva provincial desde 2012, y se viene aplicando de manera pacifica aunque el texto del convenio estatal diga otra cosa", dice, en referencia a que el cambio responde más a una petición histórica del PNV -pero no por los autonómicos sino por los provinciales, que son los que abundan en Euskadi- que a otra cosa. "Ya en el País Vasco hay convenios provinciales que superan al estatal, ya se vienen aplicando los provinciales con precedencia en la inmensa mayoría porque el estatal no lo prohíbe y donde lo prohíbe, también".

Esto es consecuencia, sobre todo, de las diferencias en el nivel de vida de las diferentes comunidades españolas: si a un trabajador del sector de la hostelería o el comercio se le ofrecen las mismas condiciones en Andalucía que en el País Vasco, en el norte los empresarios no encontrarían trabajadores. Por otro lado, el sindicalista da poca credibilidad a las críticas de la patronal CEOE a la medida, puesto que para que prevalezcan esos convenios autonómicos y provinciales primero estos deben negociarse, y para que se negocien es necesario que sean las propias empresas quienes den su sí a un texto, algo a lo que pueden negarse. Sin embargo, los expertos consultados entienden que si las compañías negocian convenios de estos tipos será en su propio interés.

El principal riesgo para los trabajadores, por tanto, puede venir de la atomización de la negociación colectiva: que existan cada vez más convenios por sectores, lo que rompería la primacía del convenio general. “Ahora ya hay provincias como Palencia o Burgos con siete convenios colectivos de comercio: de madera, textil…porque así hay un despacho que cobra por siete convenios en lugar de por uno. Y es absurdo que haya siete convenios de comercio en una provincia. El intento sindical es unificar ámbitos, salvo alguna excepción. ¿Qué resistencia encuentra eso? No en el lado sindical sino en el patronal, porque hay organizaciones patronales que si no negocian convenios no tienen ninguna razón de ser. Son miserias de andar por casa”, remarca Olmos.

“El problema puede ser cómo determinar qué resulta más favorable, si hablamos de sueldo puede ser muy sencillo pero otras cosas pueden ser sujeto de interpretación y terminar en un juzgado”, explica Javier Artiaga, abogado senior de Dikei Abogados que aprecia en la norma cierto riesgo de judicialización de los convenios. “Y otro problema al existir concurrencia puede ser lo que se conoce como la técnica del espigueo, es decir, que los trabajadores pretendan obtener de cada uno de los distintos convenios lo que más les favorezca para cada materia a regular. Esto ha sido prohibido por el Supremo, porque se tiene que mantener la prioridad de la norma de aplicación”.

En el mismo sentido se manifiestan los abogados del bufete Cuatrecasas, en un post publicado después de la anterior aprobación de la norma. “No es una novedad que los convenios autonómicos puedan llegar a prevalecer sobre los estatales, puesto que esto ya era posible con la redacción anterior. Tampoco son novedosos los requisitos de legitimación que se establecen para que el convenio autonómico pueda alcanzarla”. Sin embargo, el despacho valora que los cambios llevarán a “un panorama más complejo para la determinación del convenio aplicable cuando concurran uno estatal y otros autonómicos”.

“La reforma está llamada, con toda probabilidad, a plantear diversos problemas prácticos de interés”, concluía la entrada. Por el momento, la norma entró en vigor el pasado jueves, aunque aún podría ser derogada en el Congreso de los Diputados, cosa que en esta ocasión se espera que no suceda. Si planteará esos problemas prácticos o no es algo que solo podrán comprobar trabajadores y empresarios una vez comiencen a negociar los convenios con la nueva legislación en la mano.