Economía

La Unión Europea fija un nuevo tope al dinero en efectivo: cuantías máximas y normativa para 2027

La UE pone tope a estos pagos en efectivo
La UE pone tope a estos pagos en efectivo | Magnific

La Unión Europea pondrá un límite común a los grandes pagos en efectivo. La medida, recogida en el Reglamento (UE) 2024/1624 contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, fija un máximo para determinadas operaciones comerciales. Sin embargo, algunos países podrán mantener restricciones nacionales más severas.

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El dinero en efectivo seguirá siendo una forma de pago plenamente válida en Europa, pero su uso quedará más controlado en las operaciones de mayor importe. El objetivo no es prohibir los billetes, sino dificultar el blanqueo de capitales, la evasión fiscal y la financiación de actividades ilícitas, que suelen aprovechar la dificultad de rastrear las transacciones en metálico.

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Cuál será el límite máximo

Desde el 10 de julio de 2027, quienes vendan bienes o presten servicios no podrán efectuar ni aceptar pagos en efectivo por 10.000 euros o más, o su equivalente en la moneda nacional. Por encima de ese umbral, la operación deberá realizarse mediante un medio trazable. Ya sea transferencia bancaria, tarjeta, cheque nominativo u otro sistema que permita identificar a las partes.

El límite no se refiere únicamente a un pago único. También alcanza a varias operaciones vinculadas entre sí, de modo que no se podrá fraccionar una compra para eludir la restricción. Por ejemplo, un vehículo de 14.000 euros no podría pagarse con dos entregas de 7.000 euros en efectivo si ambas forman parte de la misma operación.

La norma se aplicará directamente en todos los Estados miembros, sin necesidad de que cada país apruebe una ley de transposición. Aun así, el tope europeo funciona como un máximo. Los gobiernos podrán conservar límites inferiores ya existentes o establecer otros más bajos, previa consulta con el Banco Central Europeo y notificación a la Comisión Europea.

A quién afecta la nueva norma

La restricción afecta a las operaciones en las que interviene al menos una parte actuando como empresario o profesional. Esto incluye, entre otros, concesionarios, joyerías, inmobiliarias, comercios de artículos de lujo y empresas que prestan servicios de alto valor.

Quedan fuera del tope europeo los pagos entre particulares cuando ninguno actúe en el marco de una actividad profesional. Tampoco se ve afectado el ingreso o la retirada de efectivo en bancos, entidades de dinero electrónico o proveedores de servicios de pago.

Además, el reglamento refuerza los controles de debida diligencia. Las entidades obligadas deberán identificar al cliente en transacciones ocasionales de al menos 10.000 euros. La normativa prevé obligaciones adicionales de identificación en determinados pagos en efectivo que superen los 3.000 euros.

Qué cambia en España

En España, el nuevo techo europeo no supondrá una relajación de las reglas actuales. La legislación española ya prohíbe los pagos en efectivo de 1.000 euros o más cuando interviene un empresario o profesional, salvo que quien pague sea una persona física sin domicilio fiscal en España y no actúe como empresario o profesional; en ese supuesto, el límite es de 10.000 euros.

Por tanto, para la mayoría de operaciones comerciales en España, el límite efectivo seguirá siendo mucho más bajo que el máximo europeo. El reglamento comunitario no obliga a elevar el umbral nacional; simplemente establece un suelo común de protección frente al uso del efectivo en grandes transacciones.

Cuándo entra en vigor

El Reglamento (UE) 2024/1624 fue aprobado el 31 de mayo de 2024 y publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 19 de junio de ese año. Su aplicación general comenzará el 10 de julio de 2027, dejando un periodo de adaptación para empresas, entidades financieras y administraciones.

Hay una excepción temporal relevante, los clubes de fútbol y los agentes deportivos deberán cumplir estas obligaciones desde el 10 de julio de 2029, dos años más tarde que el resto de sectores.

Para los consumidores, el cambio práctico será sencillo. Si una compra de bienes o servicios alcanza el umbral aplicable, el comercio no podrá aceptar el importe completo en efectivo. Para las empresas, la clave será revisar procedimientos de cobro, formación del personal, registros antifraude y sistemas de verificación de identidad antes de la entrada en vigor.

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