Las pymes pueden obtener incentivos al contratar nuevos trabajadores menores de 30 años. Si el contrato se concierta con una persona menor de 30 años, o de 35 si el trabajador tiene algún grado de discapacidad igual o superior al 33%, la compañía tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
En el caso de que el trabajador estuviera realizando prácticas no laborales en el momento de la concertación del contrato en prácticas, la reducción de cuotas será del 75%.
No más de cinco años desde el fin de los estudios
Para que la pyme pueda formalizar el contrato de prácticas, el futuro empleado debe tener un título universitario, de formación profesional, un certificado de profesionalidad o un título equivalente de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente.
También es necesario que no hayan transcurrido más de cinco años desde la terminación de los estudios. En el caso de personas con discapacidad, este periodo de tiempo puede ser de siete años. Si el trabajador tiene menos de 30 años, no se tiene en cuenta la fecha de terminación de los estudios.
Entre 6 meses y 2 años
La duración de un contrato en prácticas no puede ser inferior a seis meses ni exceder los dos años. Si se hace por menos de dos años, se pueden acordar hasta dos prórrogas de con una duración mínima de seis meses.
A la hora de formalizar el contrato, el sueldo se fija por el convenio colectivo para los trabajadores en prácticas. En ningún caso debe ser inferior al 60% durante el primer año, o al 75% durante el segundo año, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo puesto de trabajo u otro equivalente.
Por último, es posible pasar de un contrato en prácticas a uno indefinido a tiempo parcial o completo con bonificaciones de hasta 500 euros en tres años.
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