Los falsos autónomos siguen dando quebraderos de cabeza a la Seguridad Social. Para evitar situaciones fraudulentas, el Consejo de Ministros ha aprobado recientemente un Real Decreto que modifica la normativa de Seguridad Social, para garantizar la afiliación de los falsos autónomos en el Régimen General de la Seguridad Social.

Y es que al detectar las irregularidades, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social inicia un procedimiento e  insta a la Seguridad Social (ITSS) para que, de oficio, dé de alta a estos trabajadores en el Régimen General, que es el correspondiente para los trabajadores por cuenta ajena, al menos hasta la finalización del procedimiento.

No obstante, al detectarlo las empresas o los propios trabajadores lo que solían hacer es tramitar poco después la baja para anular el alta practicada de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social, que actúa a instancia de la Inspección de Trabajo y dentro del procedimiento de infracción iniciado por ésta.

Informes de la Inspección de Trabajo

A través del Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros se pretende evitar esta situación. A partir de ahora, serán preceptivos los Informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para resolver las solicitudes de baja que se formulen tras haberse practicado altas de oficio, respecto a los mismos trabajadores, a instancia de la propia Inspección. Hasta ahora, estos informes eran potestativos.

Asimismo las bajas y variaciones de datos formuladas por las empresas o trabajadores no producirán efectos ni extinguirán la obligación de cotizar, cuando afecten a los periodos de tiempo comprendidos en las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que motivaron la tramitación del alta y variación de datos de oficio.

Por su parte, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) considera que la situación se podría resolver con un sistema de registro obligatorio de los contratos (hasta ahora voluntarios), y en dotar a la Inspección de trabajo de los  instrumentos necesarios para el ejercicio de su actividad.

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