Los trabajadores autónomos tienen restricciones a la hora de incrementar sus bases de cotización a partir de los 47 años.  Con la Ley de Presupuestos actualmente vigente, se permite la elección de la base de cotización de los trabajadores autónomos de acuerdo con una base mínima y máxima, según informan desde el portal Jubilación de Futuro, promovido por BBVA, quien ha analizado estas limitaciones en su web. No obstante, establece unos límites a dicha opción según la edad de los autónomos.

Los trabajadores que a partir del agosto de 2018 sean menores de 47 años podrán elegir entre los límites de las bases mínima y máxima. Lo mismo ocurrirá con los trabajadores autónomos que en esa fecha tengan una edad de 47 años y su base de cotización en el mes de diciembre de 2017 haya sido igual o superior a 2.023,50 euros mensuales, o que causen alta en este Régimen Especial con posterioridad a la citada fecha.

Sin cambios en la base de cotización

Sin embargo, los autónomos que a partir del 1 de agosto de 2018, tengan 47 años de edad, si su base de cotización fuera inferior a 2.023,50 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 2.052 euros mensuales, salvo que lo hayan solicitado  antes del 30 de junio de 2018, lo que producirá efectos a partir de 1 de julio del mismo año, o que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen Especial con 47 años de edad, en cuyo caso no existirá esta limitación.

Por otro lado, la base de cotización de los trabajadores autónomos que a partir del 1 de agosto de 2018 hayan cumplido 48 años o más estará comprendida entre las cuantías de 1.005,90 y 2.052,00 euros mensuales, salvo que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen Especial con 45 o más años de edad, en cuyo caso, la elección de bases estará comprendida entre las cuantías de 932,70 y 2.052,00 euros mensuales.

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