Las empresas y trabajadores autónomos que deben declarar las retenciones de IRPF de sus trabajadores o profesionales tienen que presentar el modelo 111 a Hacienda.

El modelo 111 es un modelo de liquidación trimestral, por el que empresas y autónomos declaran las retenciones a cuenta del IRPF practicadas durante el trimestre a trabajadores, profesionales o empresarios. Es una declaración informativa, es decir, que a través de él, el autónomo informa a Hacienda de las retenciones que como profesionales ha practicado durante el trimestre, según explican en una guía elaborada por el software de facturación Quipu.

Las retenciones del IRPF son cantidades dinerarias que el pagador debe retirar de nóminas, facturas y otras operaciones y que debe abonar a Hacienda como anticipo de la cuota del impuesto que el contribuyente tiene que pagar.

Dichas retenciones que se aplican deben ser declaradas por el autónomo al final de cada trimestre, momento en que este tiene que presentar el modelo 111.

Por ejemplo, un autónomo que ha pagado por los servicios profesionales de un trabajador nóminas u otro profesional autónomo deberá presentar el modelo 111. La cantidad de IRPF que aparece en las facturas donde se ha aplicado la retención es la que tendrá que especificar en dicho modelo.

Obligados a presentar el 111

Está obligado a presentar el modelo 111 a Hacienda todo tipo de profesional o Sociedad que durante el trimestre haya retenido parte de los importes correspondientes a nóminas de empleados o facturas a profesionales.

Hay quien piensa que si el modelo 111 se presenta cuando se declaran retenciones de IRPF, en caso de no tener retenciones, no haría falta su presentación. Pero no es exactamente así. El modelo tendrá que presentarse igualmente si se tienen trabajadores, aunque no se haya retenido nada.

Como es habitual, el plazo de presentación del modelo 111 es dentro de los 20 días posteriores al final de cada trimestre.

Fechas de presentación del modelo

En cuanto a las fechas de presentación del modelo 111. Se deberá presentar en el primer trimestre del año, del 1 al 20 de abril, ambos incluidos. También en el segundo trimestre, del 1 al 20 de julio, ambos incluidos; en el tercer trimestre, del 1 al 20 de octubre, ambos incluidos, y en el cuarto trimestre, del 1 al 20 de enero, ambos incluidos

En todos los trimestres, si el día 20 del mes coincide en fin de semana o festivo, el plazo siempre será hasta el próximo día hábil.

Cómo presentar el modelo

Para presentar el modelo 111 se debe acceder a la Sede Electrónica y, dentro de ella, a la sección Impuestos y tasas, pagos a cuenta y Modelo 111. Retenciones e ingresos a cuenta. En el apartado de Trámites hay que acceder al apartado Presentación Ejercicio 2017 y siguientes.

A continuación, se cargará una pantalla en la que se tiene que elegir el “tipo de presentador”, esto es, “Empresa” o “Administración pública“. Una vez dentro, el modelo se puede rellenar manualmente o bien rellenar los datos automáticamente importando un fichero de presentación.

Si se está  dentro del plazo (antes del día 15) se puede elegir la forma de pago por domiciliación bancaria seleccionando la opción “Domiciliación del importe a ingresar“, para que la propia Agencia Tributaria pase el cargo por el banco.

Si ya no se está  dentro del plazo de domiciliación (posterior al día 15), entonces se debe  seleccionar “A ingresar” y en el apartado correspondiente pedirá el código NRC. Este código se puede conseguir en el banco una vez se haya hecho el ingreso del importe. Es la forma que tiene Hacienda para identificar que ese pago corresponde a ese modelo. Esto es, el ingreso se debe hacer manualmente.