Iniciar un negocio tras haberse quedado en paro es una decisión que muchas personas deciden tomar en busca de nuevas oportunidades laborales. Una de las opciones disponibles es solicitar el pago único. Esta opción, también conocida como capitalización del desempleo, se puede solicitar por aquellas personas que están en desempleo, y estén interesadas en iniciar su propio negocio. Permite cobrar en un sólo pago todo o parte del importe pendiente de la prestación por desempleo.
¿Para qué se puede emplear?
El nuevo autónomo puede utilizar esta modalidad de pago de su prestación para invertirlo directamente en la actividad económica en cuestión. O bien para abonar las cuotas a la Seguridad Social. Puede, incluso, combinar ambas. Imaginemos que el profesional ha solicitar el pago único de su prestación para una serie de inversiones necesarias del nuevo negocio. Puede darse el caso de que, aún así, todavía le sobre paro por cobrar. En esta caso, puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante para financiar el coste de las cuotas mensuales de Seguridad Social (S.S.) durante el desarrollo de su actividad.
Como socio de una cooperativa
Por su parte, como socio de una cooperativa, el autónomo puede solicitar este pago al tener que desembolsar como aportación obligatoria y en su caso, voluntaria y cuota de ingreso para adquirir la condición de cooperativista, o para financiar el coste de las cuotas mensuales de la Seguridad Social o en caso de necesitarlo para pagar la cuota de ingreso a la cooperativa.
Como socio trabajador en una sociedad laboral
Por otro lado, si va a trabajar como socio trabajador en una sociedad laboral, puede solicitarlo si tiene que desembolsar para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa, también puede pedirlo para financiar el pago de la Seguridad Social, o bien para adquirir la condición de socio en concepto de acciones o participaciones del capital social de la empresa.
Finalmente, como socio trabajador en una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses, puede obtener el 100 % de la aportación al capital social, siempre que vayan a poseer el control efectivo de la misma y a ejercer en ella una actividad profesional encuadrada como trabajador por cuenta propia.
Todas las claves de la actualidad y últimas horas, en el canal de WhatsApp de El Independiente. Únete a nuestro canal de Whatsapp en este enlace.
Te puede interesar
Lo más visto
- 1 ¿Hasta dónde puede bajar el precio del aceite de oliva?
- 2 Un exjuez del Tribunal Europeo: "La Comisión Europea podría pedir que se suspendiera la ley de amnistía totalmente"
- 3 Cuándo empiezan las rebajas de verano 2024 de Stradivarius
- 4 Alvise y el nexo de Se Acabó la Fiesta con el sector inmobiliario
- 5 Dónde hay mercadillo los domingos y los más emblemáticos de España
- 6 Un exjuez del Tribunal Europeo: "La Comisión Europea podría pedir que se suspendiera la ley de amnistía totalmente"
- 7 "Saco de mierda": el insulto de Óscar Puente en redes
- 8 Un preso se fuga al ser trasladado al Hospital de Valdecilla, en Santander
- 9 "La mayoría de los intelectuales y artistas son estómagos agradecidos que se arriman al poder para sacar tajada"