Las entidades financieras que han comercializado hipotecas ligadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no han sido lo transparentes que debían. Así lo aprecia el Tribunal Supremo, que se ha pronunciado este miércoles sobre cuatro recursos de casación en relación con esta cláusula de interés variable.

El alto tribunal se reafirma en su pronunciamiento de 2017 al considerar que el uso del IRPH para calcular el interés de un préstamo hipotecario es válido, si bien sigue la jurisprudencia de la Justicia comunitaria y considera que es poco transparente. Eso sí, no lo considera abusivo por sí mismo.

El Supremo debía pronunciarse este miércoles en relación con cinco casos relacionados con hipotecas vinculadas al IRPH. Era la primera vez que se refería a esta cuestión desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitiera su pronunciamiento, en el que no despejó el caos judicial del IRPH.

"En los cuatro recursos resueltos, siguiendo la jurisprudencia del TJUE, [el Supremo] ha apreciado falta de transparencia por no haberse informado de la evolución del índice de los dos años anteriores", señala en una nota. "No obstante, y siguiendo también la jurisprudencia del TJUE, ha procedido a hacer el análisis de abusividad concluyendo, en los casos enjuiciados, que no
había abusividad", añade.

Sobre el quinto de los recursos el Supremo se pronunciará en las próximas horas, si bien aclara que se trata de un caso diferente por tratarse de una vivienda de protección oficial.

El TJUE no despejó el caos

El TJUE se pronunció sobre esta cuestión el pasado marzo y afirmó que debían ser los jueces españoles los que, caso a caso, determinaran si la cláusula de un contrato hipotecario que vincula el tipo de interés al IRPH es abusiva o no, de forma que abrió la puerta a que la litigiosidad por este caso continuara.

La Justicia comunitaria respaldó que debía litigarse caso a caso, por lo que los procedimientos judiciales abiertos continuaron su curso hasta el Supremo, dado que los distintos magistrados estaban fallando en ambas direcciones.

En España, la gran mayoría de las hipotecas está referenciada al Euríbor, si bien en torno a unos 800.000 préstamos (los vinculados al IRPH desde la última opinión del Supremo) estaban pendientes del pronunciamiento del alto tribunal.