España

Interior elabora una lista de delitos para impedir el acceso a las centrales nucleares

Las fuerzas de seguridad del Estado revisarán si el trabajador tiene antecedentes penales antes de autorizar su entrada en las instalaciones / Informarán negativamente si el empleado fue condenado por terrorismo, homicidio o tráfico de armas, entre otros

La central nuclear de Almaraz, en Cáceres.

La central nuclear de Almaraz, ubicada en la provincia de Cáceres. Foro Nuclear

Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado consultarán los antecedentes penales y comprobarán si el personal de las centrales nucleares ha sido condenado en sentencia firme por contrabando u otros delitos dolosos -como terrorismo, tráfico y depósito de armas, comercio ilegal de órganos humanos o provocar incendios con peligro para la vida- antes de autorizar su acceso a las instalaciones.

La Secretaría de Estado de Seguridad dictó el pasado viernes una instrucción -a la que ha tenido acceso El Independiente- en la que establece cuáles son las actuaciones de comprobación de los trabajadores de las dependencias nucleares y del que interviene en el transporte de material radioactivo. Estas directrices vienen a desarrollar lo establecido en el real decreto sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, que, en vigor desde septiembre de 2011, permite a Interior monitorizar el acceso a las centrales para poder garantizar la seguridad de estas infraestructuras críticas.

La norma ya establecía el deber del titular de la instalación nuclear de mantener un registro de personal -tanto propio como de los empleados de las empresas contratadas que necesitan acceder a las instalaciones- y de comunicar a Interior cualquier baja o alta para que las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado puedan llevar a cabo las comprobaciones correspondientes. A partir de ahora, a la hora de realizar dicho trámite tendrán que rellenar un formulario en el que deberán detallar diversos datos personales de la persona -identidad, DNI, nombres del padre y de la madre, fecha y lugar de nacimiento y domicilio actual- y especificar en qué otro país ha residido en los últimos cinco años si fuera el caso.

Idoneidad del trabajador

De haber vivido fuera de España en el citado periodo de tiempo, la persona tendrá que presentar obligatoriamente un certificado de antecedentes penales o documento equivalente emitido por las autoridades de dicha nación "junto a una traducción legalizada del mismo". Subsidiariamente, dicho documento podrá ser sustituido por una declaración jurada ante la autoridad administrativa o judicial competentes si el país no expide la citada acreditación.

El cuestionario, igualmente, incluye una casilla para que se especifique si consiente expresamente que el Centro Permanente de Información y Coordinación (CEPIC) -adscrito al Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad- recabe los datos que consten en el Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia (SIRAJ) -dependiente del Ministerio de Justicia- sobre antecedentes penales del trabajador en cuestión.

La instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad incluye un anexo en el que se detallan los delitos dolosos que, por sí solos, constituyen "causa suficiente" para que la Guardia Civil o la Policía Nacional valoren negativamente la idoneidad del trabajador cuya alta se pretende inscribir en el registro con vistas a que pueda acceder a las instalaciones nucleares.

Interior revisará los antecedentes penales de los empleados propios y de contratas antes de autorizar el acceso a centrales nucleares

En concreto, se trata de las personas que hayan sido condenadas en sentencia firme por terrorismo; homicidio y asesinato; tráfico ilegal de órganos humanos; producción de armas biológicas o exterminadoras; detención ilegal y secuestro; trata de seres humanos; extorsión; robos y hurtos; blanqueo de capitales; daños mediante incendio o explosión u otros medios destructivos; delitos de incendio, y elaboración o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes y psicotrópicas.

El catálogo de ilícitos penales incluye también la falsificación de monedas y papel timbrado; tenencia, tráfico y depósito de armas; asociación ilícita; atentado contra la autoridad; desórdenes públicos; contra la seguridad vial y delitos de lesa humanidad y genocidio, entre otros.

La comprobación que deberán llevar a cabo las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado no se limitará a conocer la identidad de la persona mediante documentos oficiales o si tiene o no antecedentes. También tendrán que "valorar cualquier otro tipo de circunstancias relacionadas con el crimen organizado y el terrorismo que puedan suponer un riesgo para la seguridad de las instalaciones nucleares y transporte de material nuclear y la Seguridad Nacional".

La industria nuclear es una de las prioridades estratégicas de la seguridad nacional por las amenazas a las que potencialmente está expuesta y por las graves consecuencias que podría tener un ataque deliberado a sus instalaciones. Por todo ello, las cinco centrales en funcionamiento en el país -Almaraz (Cáceres), Ascó y Vandellós (Tarragona), Cofrentes (Valencia) y Trillo (Guadalajara)- tienen la consideración de infraestructuras críticas.

Alerta 4 antiterrorista

Interior emite la nueva instrucción mientras mantiene el nivel 4 de alerta antiterrorista -en una escala de 5- en el país. Esta se situación se prolonga desde el 26 de junio de 2015, a raíz de cuatro atentados registrados en diferentes puntos del mundo: una fábrica estadounidense de productos químicos ubicada en la localidad francesa de Saint-Quentin-Sallavier (cerca de Lyon), una mezquita chiíta de la ciudad de Kuwait, una base militar de la Unión Africana (Amison) al sur de Somalia y dos hoteles en la ciudad tunecina de Susa, a 140 kilómetros de la capital. No hay indicios para pensar que esa alerta vaya a suavizarse a corto plazo.

Según detalla las directrices de Interior, las fuerzas y cuerpos de seguridad revisarán "en intervalos no superiores a dos años" los datos del personal que desempeña su actividad en una instalación nuclear o en el transporte de material radiactivo que ya fueron comprobados con anterioridad a su inscripción o baja en el registro de personal. Una comprobación favorable es válida para cualquier instalación u operador.

La vigilancia contra sabotajes y actos terroristas en las plantas nucleares recae en la Guardia Civil, si bien esa labor estuvo parcialmente compartida de manera excepcional con militares durante el primer estado de alarma para que agentes del Instituto Armado pudieran dedicarse a otras tareas ligadas a la lucha contra el coronavirus.

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