España

El papel del Tribunal Supremo tras el estado de alarma se desinfla

El alto tribunal no tendrá que pronunciarse finalmente sobre el toque de queda sino sobre el cierre perimetral de Canarias para las islas en las que la incidencia del virus llegue al nivel 3 y 4

Policías despliegan un control para evitar las entradas y salidas a Valencia

Control policial a la salida de Valencia. EFE.

El Tribunal Supremo no tendrá que decidir finalmente si las comunidades autónomas pueden acordar las medidas más restrictivas de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como son el toque de queda y los cierres perimetrales completos, para controlar la pandemia de coronavirus una vez terminado el estado de alarma.

Tan sólo Canarias ha recurrido ante el Alto Tribunal la prohibición del cierre perimetral de las islas. El Tribunal Superior de Justicia no permitió restringir la movilidad a las islas en las que se alcance un nivel de incidencia 3 o 4 del virus (ninguna está actualmente en esa situación) como pidió el Gobierno canario. Lo que se perseguía no era impedir la entrada de todos los viajeros del resto de las otras islas, de la península o desde el extranjero al Archipiélago, sino sólo impedir la entrada a quienes no presentaran un test negativo del virus. El TSJ canario rechazó avalarlo y ahora el Supremo tendrá que decidir al respecto.

Es la máxima decisión sobre la que tendrán que decidir los seis magistrados de lo contencioso-administrativo a los que se designó para resolver los recursos en casación de las comunidades autónomas y que "unificaran criterio" sobre qué derechos fundamentales pueden restringirse sin el paraguas del estado de alarma.

Distintos tribunales avalaron ya el cierre perimetral de zonas con alta incidencia antes de que se declarara el primer estado de alarma (como Igualada, en Cataluña, o en un hotel de Tenerife). En la Comunidad de Madrid la Justicia también ha respaldado la restricción de movimiento en zonas sanitarias tanto de la capital como de municipios, por lo que el debate que se suscitará finalmente en el Supremo no es del todo nuevo. La Fiscalía, por su parte, también está en el punto de informar a favor de que se pueda limitar el derecho a la circulación en zonas con alto nivel de contagio, así como limitar el número de personas en las reuniones o el aforo en lugares públicos si está justificado con datos sanitarios y con un límite máximo de tiempo.

La Sección Cuarta de la Sal Tercera Supremo tendrá que pronunciarse por lo tanto de momento únicamente sobre los cierres perimetrales y en las condiciones descritas.

Comunidad Valenciana y Baleares mantienen el toque de queda

Hasta seis comunidades (Canarias, País Vasco, Navarra, Comunidad Valenciana, Baleares y Galicia) solicitaron a sus respectivos tribunales superiores mantener las limitaciones al movimiento y el toque de queda. Los de Baleares y la Comunidad Valenciana fueron los únicos que respaldaron el último y, puesto que la Fiscalía no recurrió la decisión que los gobiernos deseaban, en ambas regiones estará prohibido mantenerse en la calle más allá de medianoche hasta el día 23 o 24 de mayo.

La estrategia de Calvo provoca caos

La estrategia legal impulsada por la vicepresidenta Carmen Calvo, y que consistió en permitir a las comunidades autónomas recurrir ante el Supremo en casación las decisiones de los TSJ ha generado un caos del que se ha quejado la carrera judicial, que continúa reclamando reformas legales para contar con un marco jurídico -en base a leyes como la de Salud Pública- para hacer frente a lo que queda de pandemia de manera unificada.

Incluso el Supremo criticó en una nota urgente que el Gobierno, por medio de un Real Decreto Ley, dejara en sus manos la responsabilidad de crear doctrina sobre asuntos que atañen a derechos fundamentales. Pero la estrategia de Calvo, aunque generando incertidumbre y desconcierto, ha permitido al Gobierno continuar con la vacunación, que los datos sanitarios mejoren y ganar tiempo.

Las dos semanas que pasarán desde que acabó el estado de alarma y se van resolviendo los recursos ante el TSJ y el de Canarias ante el Supremo es exactamente el mismo tiempo que habría durado el nuevo estado de alarma que el Gobierno podría haber decretado sin contar con el resto de grupos parlamentarios. Para prolongarlo ya si que habría necesitado los apoyos en el Parlamento que probablemente no habría obtenido. Además, habría tenido que someterse a un control del Congreso que, entre otras cosas, le habría exigido explicaciones sobre el ritmo de vacunación del país.

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