Catedráticos de Derecho Administrativo reaccionan con reticencia al anuncio del Gobierno de facilitar por medio de un decreto-ley que las autonomías puedan recurrir ante el Tribunal Supremo las resoluciones de los Tribunales Superiores de Justicia de las comunidades autónomas que no respalden sus medidas contra el Covid. Los expertos consultados ven en esta decisión una muestra más de que el Gobierno central no ejerce sus funciones y pasa la responsabilidad primero a las comunidades autónomas, después a la Justicia de cada comunidad autónoma y ahora al Tribunal Supremo. Consideran que los partidos del Gobierno han tenido tiempo suficiente para impulsar reformas legales que dotaran de un marco unificado a todo el país para decidir qué se puede hacer y qué no durante la pandemia.

¿Qué pasará si el Supremo tampoco respalda la decisión de la comunidad autónoma?

El próximo 9 de mayo, una vez concluya el estado excepcional de alarma, las regiones que tomen medidas que limiten derechos fundamentales de los ciudadanos y no sean respaldadas por su Tribunal Superior de Justicia correspondiente, podrán presentar un recurso de casación ante el alto tribunal, según anunció la vicepresidenta Carmen Calvo en rueda de prensa tras el Consejo de Ministros.

Con la medida se busca, según explicaron fuentes del Ministerio de Justicia, que el alto tribunal unifique criterio fijando doctrina al respecto. Para ello, como explica el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM) Francisco Velasco, se modificará la ley 29/1998 de la Jurisdicción contencioso-administrativa. Pero, "¿qué pasará si el Supremo tampoco respalda la decisión de la comunidad autónoma?", plantea el experto. "Dentro de 15 días podemos encontrarnos con que el tribunal superior de justicia (TSJ) correspondiente no ratifica las medidas adoptadas por una región, se interpone recurso de casación y el Supremo, cinco días después, también dice que no. Entonces, al Gobierno no le quedaría más remedio que decretar el estado de alarma otra vez", reflexiona Velasco.

El catedrático recuerda que en marzo de 2020, cuando comenzó a haber contagios, "ayuntamientos y gobiernos autonómicos acordaron confinamientos perimetrales y nadie pidió ningún tipo de autorización judicial porque estaba previsto en la ley. El 14 de marzo, con el decreto del estado de alarma, comenzaron a pedirse las ratificaciones de los jueces. Contra mi opinión, el Gobierno decretó que dichas medidas no las decretara un juez, sino un TSJ confiando en que iban a ser más prudentes. Pero salió mal porque los TSJ de Madrid, Aragón o País Vasco no los ratificaron. Cada vez que se hace una reforma se eleva la magnitud del problema. El Gobierno ha hecho su cálculo pensando que dirigirse al Supremo para que ratifique saldrá bien, pero es arriesgado", explica. El experto recuerda que "hay instrumentos legales tanto en las comunidades autónomas como a nivel nacional para tomar medidas contra el contagio pero nadie los quiere utilizar por la reprimenda social". Pone como ejemplo la Ley de Emergencia del País Vasco, que en su artículo 8 prevé que se dicten confinamientos en una situación excepcional.

"Han tenido un año para reformas legales"

Una vez acabado el estado de alarma, "el Gobierno deja la responsabilidad en las comunidades autónomas y en el Supremo para que mantenga la apariencia de que continúa habiendo una decisión estatal respecto a las limitaciones", explica un magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Para el magistrado -opinión que comparten los expertos consultados por El Independiente- "el legislador ha tenido tiempo de sobra para aclarar si las comunidades autónomas pueden o no limitar derechos fundamentales o si el perímetro de un municipio afecta al artículo 19 de la Constitución [el de la libertad de circulación por el territorio nacional]. Se trata de una cuestión de perspectiva. La Ley General de Salud Pública está redactada en términos muy amplios" -explica-, lo que considera que habría permitido modificarla para justificar las decisiones de los gobiernos regionales en términos de proporcionalidad.

Es una broma trágica que el Gobierno deje competencias que no puede delegar en el aire. Es una situación injustificable en un estado de derecho serio

En la misma línea se manifiesta Ángel Sánchez, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Málaga (UMA), quien califica directamente de "broma trágica" que el Gobierno "deje competencias que no puede delegar en el aire. Es una situación injustificable en un estado de derecho serio. Las propias sentencias han denotado que, aunque los tribunales están resolviendo, lo correcto sería que se hubieran hecho las correspondientes modificaciones a la legislación sanitaria", considera.

"Se espera que el Gobierno gobierne y lo lógico es que un año después de arrancar la pandemia ya se hubieran buscado soluciones jurídicas. Lo que no tiene sentido es echar la competencia primero a las comunidades autónomas, en segunda escala al TSJ de cada comunidad autónoma y por último, si hay discrepancias, que unifique el Supremo. ¿Y mientras tanto? Porque, aunque haya rapidez, van pasando las semanas. La competencia es irrenunciable y va en contra de ese principio", reflexiona el experto.

"Además, conforme a la doctrina del Tribunal Constitucional, no hay razones de extraordinaria y urgente necesidad para no haber legislado porque llevamos desde marzo de 2020 sin regular esta situación. ¿No han tenido tiempo las Cortes Generales para hacerlo?", insiste Sánchez.