La Fiscalía de Madrid no ve delito de administración desleal en que la gerente y el tesorero de Podemos, Rocío Esther Val y Daniel de Frutos, cobraran complementos salariales y abonos de gastos por desplazamientos que se habrían autorizado a sí mismos.
El Ministerio Público se ha adherido al recurso que presentó Podemos contra la reapertura de parte de la investigación del caso Neurona relativa al cobro de sobresueldos por parte de miembros del partido morado. El juez Juan José Escalonilla reabrió el pasado 20 de abril dicha vía de investigación -que antes sobreseyó provisionalmente- tras presentar Vox un recurso en el que cuestionó, en base a la normativa interna de Podemos, que su gerente tuviera capacidad para autorizar los complementos de salario.
El juez estimó dicha argumentación de la acusación que no comparten ni Podemos ni la Fiscalía y reabrió la investigación por presunta administración desleal. El Ministerio fiscal considera que se trata de un caso donde se han cobrado complementos de manera "trasparente" y "con control interno". Ve que, tras la práctica de varias diligencias (la última fue la declaración como testigo del también exgerente del partido Pablo Manuel Fernández Alarcón), el cobro de los complementos salariales "podrá ser discutible desde el punto de vista ético o desde la transparencia que se exige a los partidos políticos", pero no aprecia apariencia de delito.
"No son cobros en 'b' o en sobres"
Entiende que si la medida de incrementar los salarios se hubiera hecho mediante acuerdo con la gerente o bien a través de una propuesta ante la dirección del partido, tampoco sería constitutivo de delito. En el escrito, según trasladan fuentes de la Fiscalía, precisa que no se está hablando de cantidades cobradas "en 'b' o en sobres, sino de complementos recogidos en las nóminas y conocidos por todos los órganos de control del partido".
Critica el recurso de Vox
Para la Fiscalía, "no deja de extrañar" que sea la acusación popular la que sostenga la existencia de indicios de delito de administración desleal cuando el perjudicado, en este caso el propio partido político (Podemso), no se considera como tal. "Y lo hace –añade en su recurso- sobre la base de desconfiar de los representantes del partido que certifican el cumplimiento de la normativa interna".
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