La Fiscalía de Madrid no recurrirá la inadmisión a trámite por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de la querella que presentó contra la portavoz de Vox en la Asamblea de Madrid, Rocío Monasterio, por un presunto delito de falsedad documental.
El Ministerio Público denunció que Monasterio falsificó un visado de obra del Colegio de Aparejadores de Madrid. Concretamente, denunciaron que incluyó en dos ocasiones en los planos que presentó ante el Ayuntamiento de Madrid para la obtención de una licencia de obras en un inmueble «una fotocopia en blanco y negro del sello visado del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Madrid de un primer proyecto en ese mismo inmueble del año 2005» en vez de los preceptivos sellos visados que requiere cada nuevo proyecto. Lo hizo, según la querella, «con la intención de darle a los planos la apariencia de estar debidamente visados, una utilización fraudulenta».
Sin embargo, los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid inadmitieron la querella en un auto del pasado 25 de junio en el que consideraron que los hechos relatados no reunían "los caracteres del delito de falsedad documental atribuido a la querellada".
Sería una falsedad "burda y grosera"
La Sala recordó que para que exista falsedad material «es requisito nuclear que la alteración de la verdad tenga un mínimo considerable de apariencia, una entidad suficiente que sea capaz de inducir a error». Para los magistrados, en la situación denunciada se estaría ante «una falsedad burda o grosera» que no produciría un efecto jurídico.
El Ministerio Fiscal, en un breve comunicado, reconoce que "pese a que el auto del TSJM reconocía la existencia de alteraciones de un visado del Colegio de Aparejadores para los planos de reforma de un loft, la Fiscalia comparte el criterio de los jueces sobre que este hecho no encaja en el tipo penal de falsedad documental".
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