El Pleno del Tribunal Constitucional abordará en las próximas fechas el recurso de una mujer contra la obligación judicial de trasladarla de su domicilio al Hospital Universitario Central de Asturias para que diera a luz en abril de 2019.

La recurrente considera que la decisión del Juzgado de Instrucción 1 de Oviedo, que envió a agentes de la Policía local al domicilio para asegurar su hospitalización, vulneró distintos derechos fundamentales. El juez, igual que confirmó después la Audiencia Provincial, consideró que la obligación estuvo justificada legalmente por el bien del bebé, puesto que la madre había pasado las 42 semanas de embarazo y un parto en su domicilio, sin asistencia médica, conllevaba más riesgos que en el centro hospitalario. La mujer acabó dando a luz en el hospital por medio de cesárea.

La Sala Segunda del tribunal de garantías, presidida por el vicepresidente Juan Antonio Xiol, ha decidido elevar el asunto al Pleno compuesto por el presidente, el vicepresidente y los 10 magistrados que lo estudiarán en reuniones futuras, no en las sesiones de esta semana que comienzan mañana.

Asunto de relevancia nacional

El presidente de la Sala ha decidido que el Alto Tribunal, en su conjunto, aborde el asunto por la relevancia que tiene. Una resolución sobre el asunto supondría un precedente para un asunto que genera controversia desde hace años y sobre el que no hay jurisprudencia.

La mujer recurrió en amparo el auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Asturias que ordenó el internamiento en el hospital para atender clínicamente el parto. Considera que se vulneraron sus derechos fundamentales por razones ideológicas y de género y que recibió un trato "vejatorio y humillante" porque los médicos tocaron su vagina durante el parto.

La Fiscalía del Constitucional, que ya se ha pronunciado, ha informado en contra del recurso. Considera que no se vulneraron los derechos de la mujer y que la seguridad del bebé estaba por encima de su capacidad de elección.