España

Justicia rechaza suspender el proceso de elección de la cúpula de Protección de Datos

La ministra Pilar Llop defiende que la impugnación promovida por la Fundación Hay Derecho "no precisa" en qué medida la orden que regula el procedimiento resulta lesivo para el interés general

La ministra de Justicia, Pilar Llop, en una comparecencia en La Moncloa.

La ministra de Justicia, Pilar Llop, en una comparecencia en La Moncloa. EP

El Ministerio de Justicia ha rechazado suspender el proceso selectivo que tiene en marcha para designar a los dos principales directivos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), cuyos nombres han sido ya propuestos por PSOE y PP en las negociaciones para renovar este cargo: la catedrática de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia y hoy alto cargo del Gobierno valenciano Belén Cardona como directora y el consultor en derecho digital Borja Adsuara como director adjunto.

Sin entrar en el fondo, el departamento que dirige Pilar Llop ha desestimado el recurso de reposición interpuesto el pasado mes de diciembre por la Fundación Hay Derecho, que pedía la anulación de las bases que regula el procedimiento al entender que "incurren en diversas irregularidades" y en la práctica constituye un "reparto de cromos" incompatible tanto con la Ley orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales como con el propio estatuto de la AEPD. La norma exige un proceso abierto y transparente con la finalidad de proponer a los mejores candidatos al Consejo de Ministros para su posterior aprobación por parte del Congreso de los Diputados.

En su respuesta, firmada electrónicamente el pasado 10 de enero, Justicia niega que concurra alguna de las causas de nulidad que la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas prevé en su artículo 47.1. Tampoco ve motivos para suspender la ejecución por el hecho de que la entidad recurrente "no precisa" en qué medida la orden impugnada resulta lesivo para el interés general ni especifica tampoco "la imposibilidad de su reparación".

"La suspensión ocasionaría un perjuicio en los intereses de aquellos candidatos que ejercieron su derecho a participar en plazo en el concurso convocado, el cual ya había finalizado cuando se ha interpuesto el recurso, quienes se verían afectados por la dilación del procedimiento en tanto se resolviera el recurso pendiente, a fecha de hoy, de ser informado, lo que impide su resolución", razona.

El pasado 21 de octubre, el PSOE y el PP anunciaron un pacto para poner fin a la interinidad en el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, la Oficina del Defensor del Pueblo y la AEPD. En este último caso, los nombres propuestos para ocupar la dirección y el puesto de adjunto son los de Belén Cardona y Borja Adsuara.

La Fundación Hay Derecho ha instado la suspensión del proceso y que éste se realice "con las máxima garantías y transparencia", al entender que el proceso selectivo que se desarrolla actualmente es un ‘traje a medida' para nombrar a los candidatos propuestos por ambas formaciones políticas.

En su recurso de reposición, la fundación que preside Ignacio Gomá llama la atención sobre el hecho de que se exija una experiencia profesional en el ámbito de la protección de datos de tan solo dos años -"muy por debajo de lo que es habitual en otros puestos de similar relevancia e inferior en ocho años a la que se exige a los juristas expertos en el ámbito de la protección de datos para formar parte del comité de selección", resalta- o que se incluya como mérito valorable la experiencia en el ámbito de la transparencia, lo que favorecería la baremación de la persona elegida para que desempeñe la dirección.

Así, la catedrática Cardona estuvo al frente de la Secretaría de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación en el Gobierno valenciano entre el 11 de septiembre de 2018 y el 26 de junio de 2019, ocupando desde octubre de 2020 la Subsecretaría de la Consejería de Justicia, Interior y Administración Pública.

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De igual manera, mostraba su extrañeza por el hecho de que no se detalle ningún sistema de baremación de los méritos, lo que -en su opinión- dificulta la comparación entre los aspirantes que opten a los cargos, y que se permita una terna de candidatos cuando el propio estatuto de la AEPD habla de uno solo por puesto.

"Habiendo sido pactados y anunciados por PSOE y PP las personas que van a ocupar dichos cargos directivos antes de la apertura del concurso público cabe plantearse qué posibilidades reales tienen los demás candidatos presentados al proceso selectivo de que sus nombres sean propuestos al Consejo de Ministros. También es obvio el desgaste al que se somete a los candidatos pactados por los dos partidos que también tienen que someterse al proceso de selección bajo la sospecha de que puede estar sesgado en su favor confeccionándoles una especie de «traje a medida", denuncia.

Igualmente, la fundación también advertía de que esta forma de actuar "puede ser contraria a la legalidad europea en la medida", toda vez que el Reglamento General de Protección de Datos exige que el nombramiento de los responsables de las autoridades nacionales "sea conforme a un procedimiento transparente y con respeto a lo establecido en la ley nacional".

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