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¿Putin en el banquillo? Difícil, pero no imposible

Imagen de una maza con una bandera de rusia con la cara de Putin con la forma de la maza

Carmen Vivas

Las imágenes que dejó la semana pasada la masacre civil de Bucha, ciudad muy próxima a Kiev, una vez el ejército ruso se replegó han llevado a mandatarios internacionales, incluido el presidente de Estados Unidos, Joe Biden, a manifestar públicamente que Vladímir Putin debe ser procesado por crímenes de guerra y de lesa humanidad.

Todavía con la guerra abierta en Ucrania, el momento en que el presidente ruso tenga que rendir cuentas ante la Justicia se ve muy lejano, pero expertos en Derecho Internacional consultados por El Independiente coinciden en que, aunque resultará difícil, no es imposible que Putin acabe sentado en un banquillo por haber cometido las violaciones más graves del derecho internacional. La opción que ven más posible es que sea ante la Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya. 

Y ese momento puede llegar -pasando por un cambio de régimen en Rusia- a pesar de que Ucrania no sea Estado parte de la Corte Penal Internacional. La razón estriba en que el país otorgó jurisdicción a dicha Corte para que investigara la anexión de Crimea y posibles crímenes ocurridos en la región del Donbás entre 2013 y 2014. Tres motivos facilitan que se investigue a nacionales de Rusia por la invasión de Ucrania aprovechando que ya había un examen preliminar abierto: la jurisdicción para conocer de los hechos sobre el Donbás no tiene fecha de cierre; afecta a un territorio en el que se está librando la guerra este 2022 y la anterior fiscal de la Corte Penal Internacional abrió un examen preliminar respecto a tales hechos.

Países que se han dirigido a la Corte Penal Internacional

  • Albania, Australia, Austria, Bélgica, Bulgaria, Canadá, Colombia, Costa Rica, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Georgia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Letonia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Nueva Zelanda, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Reino Unido, Japón y Macedonia del Norte.

41

Por eso, el fiscal actual de la CPI Karim Khan ha podido utilizar la apertura de dicho examen preliminar para pasar a la fase de investigación y comenzar a recabar indicios de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra que se puedan estar cometiendo. Además, hasta 41 Estados parte, entre ellos España, han presentado una remisión para que se investiguen los hechos.

Esa remisión de los Estados parte, según explica el profesor de Derecho Penal e Internacional en la Universidad Antonio de Nebrija, Aitor Martínez Jiménez, "le evita al fiscal tener que solicitar autorización a la Sala de Cuestiones Preliminares de la CPI para pasar del examen preliminar a la fase de investigación, como sí debería hacer si fuera una investigación motu proprio por meras comunicaciones de víctimas u ONG, por lo que, al existir remisión de Estados parte, el fiscal puede pasar directamente a la fase de investigación sin necesidad de recabar autorización de la Sala".  

Una orden de detención le impediría entrar en otros países

Precisamente en esa fase está ahora la Fiscalía de la Corte Penal Internacional. A partir de ahora, el fiscal podría pedir autorización a la Sala de Cuestiones Preliminares para emitir una orden de detención contra personas concretas, bien contra Putin o contra otros responsables de su Ejército o su gobierno, cuando reúna evidencias de delito suficientes.

Ya hay muchísimas evidencias de fuentes abiertas que demuestran que Putin es un criminal de masas

El abogado acreditado ante la Corte Penal Internacional Blas Jesús Imbroda Ortiz cree "firmemente que es necesario acabar con la impunidad contra los crímenes más execrables contra la humanidad, los crímenes internacionales que están ocurriendo en este momento". "La Sala de la Corte Penal Internacional debería dictar una orden de detención internacional contra Putin cuanto antes. Ya hay muchísimas evidencias de fuentes abiertas que demuestran la magnitud de su actuación, que es un criminal de masas", considera.

Imbroda es el presidente de la subcomisión de Extranjería y Protección Internacional del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), donde se ha creado y difundido un cuestionario para los abogados españoles que asistan a refugiados ucranianos con el fin de recoger testimonios directos de actuaciones del Ejército ruso contra civiles y presentarlos ante el fiscal de la Corte Penal Internacional. En éste se recogerán los hechos presenciados, la persona (si lo autoriza) que los vivió y las pruebas de que disponga, con el fin de entregar "testimonios directos de crímenes de guerra como los ataques en pasillos humanitarios, viviendas, refugios, hospitales o colegios", en pro de esa orden de detención que tendría efectos futuros contra Putin. El más evidente, según apunta el experto, sería que "no podría pisar ninguno de los Estados parte de la Corte Penal Internacional porque si lo hiciera sería detenido".

Carlos Espaliú Berdud, ex letrado de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) -principal órgano judicial de Naciones Unidas que trata conflictos entre Estados- explica que la orden de detención del fiscal de la CPI "implicaría la orden de arresto internacional a través de Interpol que permitiría la detención de las personas contra las que se dirija si salen de Rusia".

El Tribunal de La Haya exige que el juicio se celebre con los acusados presentes y, como reflexiona Espaliú, también investigador principal y catedrático del grupo de Seguridad y gestión de riesgos y conflictos (Segerico) de la Universidad Antonio de Nebrija, "va a ser prácticamente imposible que Putin sea arrestado mientras no cambie el régimen político en Rusia, pero estoy seguro de que tarde o temprano será juzgado como ha ocurrido con Milosevic, Karadzic y Mladic. Si se emiten esas órdenes de arresto internacional, además, se proyecta una mancha sobre la conducta de esas personas que va a ser muy difícil que no se conozca en Rusia. Se sabrá que van contra las maravillosas intenciones que allí se haya podido decir que tienen los gobernantes en este momento".

El fiscal recoge evidencias de todas las partes

Las peticiones de intervención internacionales se enfocan a Putin y su camarilla, pero la actuación de la Corte Penal Internacional no tiene por qué limitarse a Rusia, sino que también puede investigar a Ucrania. Según repara el profesor Aitor Martínez, "el fiscal está recolectando evidencias y no quiere decir que tenga que dirigir acciones únicamente contra nacionales rusos, sino que también puede hacerlo contra los responsables de crímenes competencia de la Corte de nacionalidad ucraniana. De hecho, el fiscal ya ha anunciado que tiene jurisdicción para investigar todos los crímenes que se cometan en territorio ucraniano, y ha advertido de que algunos hechos, por ejemplo los relativos a actuaciones del batallón Azov, evidenciados en vídeos de ejecuciones extrajudiciales o torturas, podrían ser igualmente investigados por su oficina". 

Martínez es uno de los autores del libro Derecho Penal Internacional. Evolución Histórica, régimen jurídico y estudio de casos, cuyo prólogo está escrito por Ben Ferencz, último fiscal vivo de los tribunales de Nüremberg. En aras de la "credibilidad de la Corte Penal Internacional", el letrado considera que sería deseable que se recojan evidencias de crímenes cometidos por nacionales de ambos países. Por otro lado, recuerda el antecedente de Afganistán: "La Fiscalía trató de abrir una investigación contra nacionales de un país grande, Estados Unidos. Cuando la fiscal Fatu Bensouda abrió un examen preliminar en relación a los crímenes que se habían cometido en territorio de Afganistán, porque Afganistán es un Estado parte, empezó a investigar todos los crímenes, no sólo los cometidos por los talibanes, sino también los cometidos por marines norteamericanos y miembros de la CIA en los conocidos como black sites o lugares de tortura. Estados Unidos sancionó a la fiscal de la Corte Penal Internacional introduciéndola en la lista OFAC (junto a narcotraficantes o terroristas), arrancando una campaña agresiva contra ella y otros oficiales de la Fiscalía. Estados Unidos incluso suscribió tratados bilaterales con varios países para que no entregaran a un nacional norteamericano a la Corte. Lo cierto es que, tras esas presiones, recientemente, el nuevo fiscal Karim Khan decidió continuar con el caso de Afganistán, pero cerrando cualquier investigación en relación a personal norteamericano en ese país. Esto significa que el primer pulso que libró la CPI contra un país grande que no había ratificado el Estatuto de Roma, de alguna forma lo ha perdido. Ahora estamos básicamente en el mismo escenario. La Fiscalía de la Corte quiere investigar a nacionales rusos, un Estado que no es parte, sobre presuntos hechos que se subsumirían en crímenes objeto del Estatuto de Roma. Como pasó en Estados Unidos, la Corte se enfrenta al mismo riesgo, un hegemon de la comunidad internacional, no parte, ante el que podría perder la batalla, como ya ocurrió con Estados Unidos", reflexiona.

¿Qué delitos se habrían cometido?

Manuel Ollé Sesé, profesor de Derecho Penal e Internacional en la Universidad Complutense, abogado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y en representación de víctimas en casos ante la Corte Penal Internacional, explica los crímenes internacionales que han podido darse en el conflicto y qué elementos deben converger para que se trate de uno u otro.

"Primero se produce una invasión, absolutamente ilegítima. Ese hecho de coger a la armada militar rusa y meterla en territorio ucraniano violando su soberanía, independencia política y territorial, es un crimen en sí mismo. Es el crimen de los líderes, porque sólo lo puede cometer quien lidera un Estado y decide invadir otro", explica respecto del crimen de agresión que, según recuerda, no definieron los Estados miembros de la Corte Penal Internacional hasta 2010, en la conferencia de revisión de Kampala. Y apunta un dato interesante: Rusia fue el país que más "presionó hasta la saciedad" para que el crimen de agresión fuera el "conflicto más restringido del mundo".

Una vez declarada la guerra, recuerda Ollé, "sus propias normas establecen que la población civil y los objetivos civiles son intocables, porque tocarlos sería una grave violación de las Convenciones de Ginebra. Por lo tanto, todo asesinato, violación, masacre o cualquier acto cometido contra civiles deja de ser un delito común y se transforma en crimen internacional por producirse en ese contexto bélico. En ese caso, todos los atentados contra la población civil son crímenes de guerra".

Con la información y evidencias que han aportado hasta la fecha tanto los periodistas, fotógrafos y videógrafos sobre el terreno como los ucranianos que van llegando a otros países, todo apunta para el experto a que los crímenes de guerra cometidos en Ucrania podrán ser también crímenes de lesa humanidad puesto que se trata de ataques generalizados y sistemáticos contra la población civil como consecuencia de una política de Estado, como contempla el Derecho Penal Internacional.

En los "bombardeos contra la maternidad, hospitales, ataques a viviendas, edificios públicos, torturas a civiles, asesinatos de ancianos, violación a mujeres y atentados contra su libertad sexual" que se han visto en Ucrania en las últimas semanas, podrían converger ambos delitos, ejemplifica el profesor Ollé.

La CPI no podrá juzgar por crimen de agresión

La Corte Penal Internacional tiene competencia para investigar los crímenes de guerra, de lesa humanidad y de genocidio, aunque tanto Ollé como el resto de expertos consultados coinciden en que sería difícil demostrar que éste último se haya dado en Ucrania -al menos de momento- puesto que sería difícil demostrar la persecución, con intención de exterminio total o parcial del grupo nacional de los ucranianos por el hecho de ser ucranianos.

Ucrania presentó una demanda por posible violación de la comisión de genocidio

En caso de que se recojan evidencias de dicho delito de genocidio, el profesor Carlos Espaliú ve la posibilidad de que éste se juzgue en "la Corte Internacional de Justicia, el tribunal principal de las Naciones Unidas, que juzga cuestiones entre Estados y no la responsabilidad individual de las personas. Esto ya lo está intentando Ucrania. Presentó una demanda a principios de marzo por posible violación de la comisión de genocidio por parte de Rusia. Aquí habría que contar con el consentimiento de los dos Estados para juzgar pero Rusia y Ucrania son parte en esa Convención [para la prevención y la Sanción del delito de genocidio] y ambos han aceptado la cláusula compromiso que es el artículo 9, que permite conocer al tribunal de este tipo de asuntos".

Respecto del crimen de agresión, será imposible que el Tribunal de La Haya juzgue a nadie por este delito puesto que haría falta una resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Para dicha resolución habría que contar con el voto de Rusia como país miembro, y evidentemente no se prestaría a ello. Tampoco se contempla la posibilidad de expulsión de Rusia del Consejo porque implicaría reformar la Carta de San Francisco, una reforma que también sería vetada por el país.

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