España

El Supremo dice que la motivación del cese del coronel Corbí fue "clara y suficiente"

El alto tribunal avala la destitución del jefe de la UCO pero deja claro que la exigencia de motivar los ceses en los puestos de libre designación alcanza a la Guardia Civil aunque el Cuerpo tenga una normativa propia, en contra de lo que defendía Interior

Manuel Sánchez Corbí, durante una comparecencia en el Congreso durante su etapa como jefe de la UCO.

Manuel Sánchez Corbí, durante una comparecencia en el Congreso durante su etapa como jefe de la UCO. EP

El Supremo considera que la motivación ofrecida por el Ministerio del Interior para justificar la destitución en 2018 del coronel Manuel Sánchez Corbí como jefe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil fue "clara, suficiente, comprensible y específica", proporcionando una "explicación detallada de las circunstancias" que dieron lugar a la pérdida de confianza en el mando para seguir ocupando dicha responsabilidad.

Tras anticipar el fallo el pasado 20 de septiembre, el alto tribunal ha notificado este lunes la sentencia por la que desestima el recurso interpuesto por Sánchez Corbí -hoy en la empresa privada- y avala la actuación adoptada por la cúpula de Interior tan sólo unas semanas después de la llegada de Fernando Grande-Marlaska.

El coronel fue apartado de su puesto tras enviar un correo electrónico el 25 de julio de 2018 a la Jefatura de Policía Judicial y a todos los departamentos de la UCO en el que les comunicaba que quedaba "temporalmente suspendida cualquier actividad de la Unidad Central Operativa y sus unidades subordinadas que requieran obligatoriamente realizar gastos de la partida Fondos de Gastos Reservados". Interior mantuvo que esa orden respondía a la "evaluación" que el nuevo equipo -tras la salida del popular Juan Ignacio Zoido- quería hacer de los gastos para analizar cómo se estaban aplicando las partidas presupuestarias libradas a dichos fines, pero en ningún caso se habían suspendido ni anulado los fondos de la UCO.

El núcleo de la controversia jurídica giraba en torno al deber de motivación que debe tener toda resolución administrativa que acuerde el cese de un funcionario público que ocupa un puesto de libre de designación, como la Jefatura de la Unidad Central Operativa Operativa. El interés casacional por determinar ese contenido es lo que llevó al alto tribunal a admitir a trámite el recurso frente a la postura defendida por la Abogacía del Estado. En este sentido, el Supremo concluye que el hecho de que la Guardia Civil disponga de un marco jurídico propio -la Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil- "no impide sino que confirma" la doctrina jurisprudencial que ha asentado la necesidad de motivar los actos discrecionales en general, lo que abarca el cese en los puestos del Cuerpo a los que se accedió mediante el sistema de libre designación.

El argumento de Interior

De esta forma, la Sala rechaza uno de los argumentos esgrimidos por Interior para combatir la impugnación de Sánchez Corbí. El ministerio defendía que, dado que la Guardia Civil cuenta con su propia normativa, no era de aplicación la exigencia de motivación en los puestos de libre designación a los integrantes del Cuerpo atendiendo a los criterios de jerarquía y operatividad que deben regir en el Instituto Armado, bastando que dicha destitución la acuerde la persona facultada para ello. Este fallo da seguridad a los cerca de 10.000 agentes que ocupan actualmente una plaza cuya provisión interna se lleva a cabo sin concurso.

Dejando por sentada esta exigencia para todo empleado público, incluidos lo integrantes de la Guardia Civil, la cuestión a discernir era si en el caso del coronel Sánchez Corbí esa motivación colmó la exigencia de fundamentación exigida. En opinión de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, el escrito en el que Interior comunicaba el cese por haber dado una orden a sus subordinados "sin haber recibido ningún tipo de instrucción de sus mandos orgánicos o de autoridad judicial o Ministerio Fiscal" y habiendo puesto "en riesgo el éxito de operaciones policiales y judiciales" cumplía la premisa.

El Supremo deja claro que su doctrina es de aplicación también en la Guardia Civil y que los ceses en puestos de libre designación hay que motivarlos

"Este texto proporciona una motivación clara, suficiente, comprensible y específica al caso, en relación con las razones de su cese. Sin que, en definitiva, podamos tildar dichas explicaciones de genéricas ni estandarizadas, pues proporcionan una explicación concreta y detallada de las circunstancias y los motivos por los que ha tenido lugar la pérdida de confianza que determina el cese impugnado en la instancia", detalla la sentencia, que ocupa 20 páginas.

A juicio de la Sala, el ex jefe de la UCO "tuvo conocimiento de las razones que condujeron a su cese" como demuestra -resalta- el "alegato" que hizo para combatir dicha decisión tanto en vía administrativa (recurso de alzada) como en el ámbito judicial (recursos contencioso-administrativo y de casación).

También rechaza el Supremo que el cese fuera una sanción disciplinaria siquiera encubierta y por tanto "no precisa de la sustanciación de un procedimiento sancionador", al tiempo en que insiste en que las circunstancias sobrevenidas "son susceptibles de quebrantar la confianza inicialmente depositada" sin que ello suponga una "afrenta" a la profesionalidad del mando.

Ésta es la primera sentencia firme de las dos destituciones polémicas llevadas a cabo por Grande-Marlaska en el seno de la Guardia Civil. El otro caso es el del coronel Diego Pérez de los Cobos, destituido como jefe de la Comandancia de Madrid por no informar a sus superiores del desarrollo de la investigación que llevaba a cabo un juzgado de Madrid sobre la manifestación del 8 de marzo de 2020 en el inicio de la epidemia del coronavirus. 

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