España | Tribunales

El Supremo no solucionará el dolor de cabeza del Gobierno por los efectos de la 'Ley del sólo sí es sí'

El alto tribunal advirtió de que no podrá "unificar criterio" porque cada caso es distinto a pesar de que las audiencias provinciales también esperan sus pronunciamientos

Irene Montero, en la sesión de control del Congreso.

Irene Montero, en la sesión de control del Congreso. EFE

El Tribunal Supremo insiste en que no podrá "unificar criterio" como espera el Gobierno acerca de cómo deben actuar las audiencias provinciales y los tribunales superiores de justicia respecto a la aplicación de penas en los casos de delitos sexuales tras la entrada en vigor de la 'Ley del sólo sí es sí' porque cada caso es distinto.

Fuentes del alto tribunal trasladan que irá resolviendo "caso por caso". Estudiará de manera individualizada cada uno de los recursos que le lleguen analizando las circunstancias concretas de los hechos y del autor o autores de éstos teniendo en cuenta la legislación vigente.

Mientras la Fiscalía y las audiencias provinciales de Navarra, La Rioja y Las Palmas han establecido que no revisarán las sentencias por delitos sexuales mientras las penas impuestas puedan mantenerse con la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, la mayoría de tribunales provinciales sí están aplicando las nuevas mínimas que contempla la norma, rebajando condenas que incluso han permitido a algunos presos quedar en libertad.

Sentencia del 'caso Arandina'

El Gobierno espera que el Tribunal Supremo establezca un criterio unificado, pero desde la Sala Segunda -que este martes ha resuelto los recursos del 'caso Arandina', con unas circunstancias muy particulares y de cierta dificultad- insisten en que en cada caso llegarán a unas conclusiones distintas. En este caso ha elevado las penas de tres y cuatro años, respectivamente, a los condenados por abuso a una menor de 16 años en Aranda de Duero (Burgos), Carlos Cuadrado y Víctor Rodríguez, a 9 años. Ha atendido el recurso de la Fiscalía, que pidió que se mantuviera la condena por abuso, pero se eliminara la atenuante de cercanía de edad y madurez que se aplicó como muy cualificada, bajando la condena en dos grados. El Ministerio Público solicitó elevar la pena a 10 años de cárcel y el Supremo ha atendido su recurso pero ha rebajado la pena un año en aplicación del beneficio al reo porque la nueva 'Ley del sí es sí' contempla una pena más baja.

El alto tribunal ya tiene cientos de recursos sobre delitos sexuales que tenía previsto resolver y en los que las defensas han ido solicitando tener en cuenta la 'Ley del sólo sí es sí', por lo que a medida que vaya resolviéndolos creará jurisprudencia al respecto.

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