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La mayoría progresista del TC descarta la abstención de Espejel y salva el quorum para la deliberación del aborto

Los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, César Tolosa y Enrique Arnaldo emiten un voto particular contra la decisión | El Pleno tiene que decidir sobre las recusaciones contra Conde-Pumpido, Campo, Montalbán y Espejel de ex diputados del PP

Concepción Espejel.

La magistrada del Tribunal Constitucional Concepción Espejel. EFE

La mayoría progresista del Tribunal Constitucional ha rechazado admitir la abstención planteada por la magistrada Concepción Espejel para participar en la votación y deliberación del aborto puesto que era vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en julio de 2009 y participó en los trabajos preparatorios del informe sobre el anteproyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.

Espejel consideró que con dicha participación -aunque el informe sobre el anteproyecto de ley no llegó a ser aprobado por el consejo de jueces y no fue incorporado al proceso legislativo que dio lugar a su posterior aprobación- incurre en el motivo de abstención previsto en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), en el que se establece como motivo de abstención y recusación "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Los magistrados progresistas Cándido Conde-Pumpido, María Luisa Balaguer, Inmaculada Montalbán, Juan Carlos Campo y Ramón Sáez, que conforman la mayoría del Tribunal, han votado en contra de dicha abstención considerando que no está justificada, mientras los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa han emitido un voto particular contra la decisión de la mayoría.

Con dicha decisión, la mayoría del Alto Tribunal evita que el presidente Cándido Conde-Pumpido y los magistrados Inmaculada Montalbán y Juan Carlos Campo también hubieran tenido que apartarse por el mismo motivo de haber participado de una y otra manera en su momento en el estudio del anteproyecto de ley, motivo por el que también se han presentado recusaciones contra ellos. La falta de los magistrados mencionados habría impedido la deliberación del recurso por falta de quorum en el tribunal de garantías.

Tendrá que abordar las recusaciones de exdiputados del PP

El Pleno del Tribunal tendrá que abordar también, previsiblemente en la sesión de este miércoles, las recusaciones presentadas contra la propia Espejel, contra Inmaculada Montalbán, Juan Carlos Campo y el presidente del Alto Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, por parte de cinco ex diputados del Partido Popular, entre ellos Federico Trillo que fue quien presentó el recurso contra la ley del aborto en 2010.

Los recurrentes alegan que Montalbán también era miembro del CGPJ cuando se abordó el anteproyecto de ley, Conde-Pumpido era fiscal general y participó en el Consejo Fiscal donde también se votó el anteproyecto y Juan Carlos Campo, secretario de Estado de Justicia. Ven que en todos ellos concurre el motivo de abstención y recusación del artículo 219 de la LOPJ.

Sobre la abstención de Espejel, la mayoría del tribunal de garantías la descarta basándose en cuatro consideraciones que se apoyan en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y en las particularidades del caso.

Según fuentes del TC, la mayoría de magistrados considera que "la abstención ha sido presentada en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley, que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares; que el objeto del recurso de inconstitucionalidad sobre el que ha de deliberar el Pleno no coincide con el del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el fallido informe del Consejo General del Poder Judicial; que la solicitud de recusación se vincula a la exteriorización de un criterio jurídico que fue expresada hace más de doce años, lo que es habitual pues los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos entre juristas de
reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio profesional y no les inhabilita para ejercer su función en este tipo de procesos constitucionales y, finalmente, que pese a someterse a votación, los trabajos preparatorios del informe no vinculante solicitado por el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial no dieron lugar a la aprobación de dictamen alguno, por lo que su contenido no fue trasladado al Gobierno".

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