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Magistrados del TC, contra obligar a Espejel a debatir sobre el aborto: "Otras abstenciones se aceptaron sin discusión"

Concepción Espejel consideró que no debía participar en el debate por haber sido vocal del Consejo General del Poder Judicial que recibió el anteproyecto de la ley de interrupción del embarazo del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero

Concepción Espejel.

La magistrada del Tribunal Constitucional Concepción Espejel. EFE

Los magistrados conservadores del Tribunal Constitucional que se opusieron a que se obligara a la magistrada Concepción Espejel a participar en el debate y la votación sobre la ley del aborto la semana pasada no entendieron por qué se rechazó su abstención cuando en otras ocasiones, por los mismos motivos, el Alto Tribunal ha permitido apartarse a miembros del colegio de magistrados.

Así se expone en el voto particular contra la decisión de la mayoría progresista que emitieron los magistrados Enrique Arnaldo y César Tolosa consultado por El Independiente. Incluso, afirman los magistrados, esas abstenciones han tenido lugar con la composición actual del tribunal de garantías.

"No puede dejar de recordarse, pues incluso ha tenido importante eco en los medios de comunicación social y ha sido convenientemente difundido, mediante notas de prensa a través de la página web del Tribunal Constitucional, que este Tribunal, en su actual composición tras su reciente renovación ha venido aceptando la abstención de alguno de sus magistrados no solo en recursos de amparo, sino también en recursos y cuestiones de inconstitucionalidad, y precisamente fundándose en la participación del magistrado en la función consultiva del órgano público del que en su día formaba parte. Y esa petición de abstención ha sido aceptada sin más discusión, por ser inequívoca e indiscutible, al haberse formado el magistrado un criterio previo sobre la ley cuya constitucionalidad debe enjuiciar como miembro de este Tribunal", afirmaron en dicho voto particular.

Espejel pidió apartarse de la deliberación y votación del recurso contra la ley del aborto del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, presentado por el Partido Popular hace casi 13 años, puesto que formó parte del Consejo General del Poder Judicial al que llegó el anteproyecto de ley para su valoración.

En esa circunstancia estaba también la vicepresidenta del Tribunal Constitucional que se encargará de redactar la sentencia que avala dicha ley, Inmaculada Montalbán. De ahí que, si se hubiera aceptado la abstención de Espejel, el quorum del Tribunal Constitucional para decidir al respecto habría quedado en peligro puesto que parecidos motivos de abstención y recusación habrían obligado también a apartarse a los magistrados Juan Carlos Campo -que en aquel momento era secretario de Estado de Justicia- y al presidente del tribunal de garantías, Cándido Conde-Pumpido, que era fiscal general y participó en el Consejo Fiscal en el que se votó el anteproyecto de la misma ley.

La mayoría progresista del Alto Tribunal rechazó la semana pasada la solicitud de abstención de Espejel con el voto en contra de los magistrados conservadores Arnaldo, Tolosa, Ricardo Enríquez y la propia afectada. Espejel vio claro que su situación encajaba con el motivo de abstención recogido en el punto 16 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: "Haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad".

La mayoría conservadora, para sorpresa de los conservadores, rechazó la abstención. Alegó que la abstención fue presentada "en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley, que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares; que el objeto del recurso de inconstitucionalidad sobre el que ha de deliberar el Pleno no coincide con el del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el fallido informe del Consejo General del Poder Judicial; que la solicitud de recusación se vincula a la exteriorización de un criterio jurídico que fue expresada hace más de doce años, lo que es habitual pues los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos entre juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio profesional y no les inhabilita para ejercer su función en este tipo de procesos constitucionales y, finalmente, que pese a someterse a votación, los trabajos preparatorios del informe no vinculante solicitado por el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial no dieron lugar a la aprobación de dictamen alguno, por lo que su contenido no fue trasladado al Gobierno". Los conservadores han rebatido cada uno de esos motivos.

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