La exconsejera socialista de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, en prisión desde el pasado 29 de diciembre por la condena de 6 años y 2 días de cárcel que recibió por malversación en el 'caso ERE', ha pedido a la Audiencia de Sevilla que revise su condena a la luz de la reforma penal que modificó dicho delito, al considerar que debería quedar absuelta de malversación y condenada solo por prevaricación, con "la única pena de inhabilitación especial".

Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, mediante la cual se modifica el delito de malversación de caudales públicos, la representación de la exconsejera indica en su escrito elevado a la Audiencia, que "los hechos probados no tienen encaje en el nuevo tipo del artículo 432, pero aun si lo pudieran tener (...), acogiendo entonces una interpretación extensiva del tipo del artículo 432 del Código Penal que englobara también conductas como las descritas en los hechos probados de la sentencia, esos hechos encontrarían siempre mejor y más adecuado encaje en el artículo 433".

En ese sentido, su defensa pide revisar la condena impuesta, manteniendo los hechos declarados probados, pero absolviéndola del delito de malversación y condenándola solo por prevaricación, de modo que pese sobre ella "la única pena de inhabilitación especial".

Subsidiariamente, solicita su absolución del delito de malversación de caudales y se la condene en su lugar por un delito "del actual artículo 433 del Código Penal, en su modalidad agravada, en concurso con un delito de prevaricación, revocando la condena (inicial) de prisión y condenándola a una pena de dos años, seis meses y un día de prisión e inhabilitación especial de cuatro años y un día".