Tradicionalmente la alternancia en el poder de los partidos políticos era motivo suficiente para que cada uno hiciera y deshiciera las cúpulas con nombres a su antojo. Esto va a seguir siendo así en lo que se refiere a cargos ministeriales o direcciones, pero en los puestos de funcionarios de alto nivel la cosa puede cambiar, según diversos expertos consultados por El Independiente. La sentencia del Tribunal Supremo sobre el general Diego Pérez de los Cobos abre un nuevo escenario del que las formaciones políticas no son ajenas, aunque el criterio no es común y algunos juristas creen que el nuevo Gobierno que se forme por el simple hecho de serlo podrá cesar a quien quiera por falta de confianza.

"Hay una cierta evolución de la jurisprudencia para ir reduciendo el margen discrecional, pero para que sean principios lógicos y responda al mérito y capacidad", cuenta el juez de lo contencioso-administrativo Fernando Portillo. "El Supremo no deja de estar compuesto por magistrados y el criterio es interpretativo: hasta cuándo -tú como magistrado- crees que se puede exigir a la Administración. Pero la tendencia (hay que mirar las tendencias como en el clima) está en ir controlando la Administración por un principio de eficacia y de buen funcionamiento", puntualiza el togado.

La sentencia que da la razón a Pérez de los Cobos en que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, nunca tuvo que cesarlo cayó como una losa sobre el Gobierno. El general de la Guardia Civil acaba de ser repuesto en su cargo al frente de la comandancia de Madrid porque la pérdida de confianza que alegó el ministro no estuvo motivada. No se puede perder la fe en un funcionario porque ocultara una información que la jueza le pidió que no revelara, dice en su sentencia el alto tribunal. Este terreno es ciertamente virgen porque, hasta ahora, los márgenes de discrecionalidad que la ley permite eran todo lo amplios que el Ejecutivo de turno quisiera estirarlos.

Marlaska terminó estirando los plazos todo lo que pudo a la hora de restituir a De los Cobos y ha sido con el gobierno en funciones cuando el secretario de Estado de Interior, Rafael Pérez, ha firmado su regreso. Este martes se publicó oficialmente en el Boletín interno de la Guardia Civil.

"He notado un incremento de este tipo de recursos. Cada vez tengo más sobre la mesa de nombramientos en los que la gente no está disconforme y recurren. Hay cierta sensación de que la labor del Supremo ha ido calando", confiesa el juez Portillo. Cuenta que incluso una consejera de su autonomía le preguntó qué estaba pasando. Él aclara: "¿Puedo nombrar yo a quien quiera? Sí ¿tengo que hacerlo de forma motivada? Sí ¿Esta motivación tiene que hacerse por mérito y capacidad? Por supuesto".

El último en dar el paso ha sido el coronel José María Tienda, cesado de forma fulminante por Interior el pasado mes de marzo. Como avanzó este periódico, el guardia civil ha utilizado la decisión del Supremo para recurrir también su caso. El Ministerio lo destituyó en medio del escándalo del 'caso cuarteles' y del 'caso Mediador' con cargos de la Benemérita implicados en la corrupción. Muchas de las obras bajo sospecha fueron en Canarias y Tienda dirigía desde 2012 la comandancia de Tenerife, pero él alega en su recurso que jamás ha sido citado a declarar ni por un juzgado ni por Asuntos Internos y que, por tanto, esa "pérdida de confianza" no está justificada.

Confianza profesional y confianza personal

El exdirector general de Justicia, Alberto Dorrego de Carlos, sienta las bases del fallo: "La sentencia de Pérez de los Cobos es magnífica. Técnicamente está armada, es lógica, se ve muy bien y se entiende muy bien". Señala que la columna vertebral del argumento se centra en la distinción entre confianza profesional y confianza personal

"Los puestos de confianza personal son aquellos que hay en el organigrama del mundo público en los cuales la confianza es esencialmente política con la persona en el mejor sentido de la palabra", expone. Incluye en este grupo casos de ministros o directores o cargos como el del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) Félix Tezanos. En esta clase, dice, la confianza se da y se quita de una tajada y sin mediar explicación pública alguna. Ahora bien, la distinción llega en los puestos funcionariales de alto nivel, que también son de libre designación pero que deben entregarse por un sistema de méritos.

"Cuando son estos puestos, lo que dice la ley es que pueden cesar pero no basta con la voluntad de cesar, sino que hay que motivar el cese. Y no basta con que la motivación sea genérica, vaga. Se tiene que argumentar", cuenta el ahora abogado de lo Contencioso administrativo. Por eso, bajo su punto de vista un cambio de gobierno no es suficiente para relevar a alguien y no ve posible que si el partido de Alberto Núñez-Feijóo llegara al poder ahora o en el futuro pudiera deshacer sin más las últimas designaciones de Grande-Marlaska en Interior.

Habría que razonarlo mucho, opinan otros. "Lo que el PP habrá de hacer llegado el caso es atender a la causa que justificó su nombramiento para, decidido el cese, intentar fundamentarlo debidamente. La pérdida de confianza ya hemos visto que no es una causa válidamente admitida (no al menos en exclusiva, sin otras razones recurrentes)", expresa Antonio Benítez Ostos, socio director de Administrativando Abogados. Si bien considera que "es posible motivar el cese por razones de idoneidad profesional, justificando detalladamente las razones de por qué la confianza profesional que motivó el nombramiento ha decaído".

En este sentido, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo lo dejó negro sobre blanco: "No se puede llevar a cabo el ejercicio de potestades discrecionales, alegando para el cese una pérdida de confianza basada en preferencias subjetivas y políticas".

Aunque, otro sector de jurista lo ve más sencillo y piensa que los nuevos ejecutivos salidos de las urnas tendrán margen siempre. "No todos los casos son iguales. El caso de Pérez de los Cobos tenía unas características muy concretas. Lo que viene a decir el Supremo es eso, que la motivación es insuficiente para el cese. Yo no creo que la administración que entre no pueda hacer sus nombramientos. No creo que eso pese como una losa o como una piedra pero sí tendran que motivarlo", concluye el magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón Juan José Carbonero.