El laberinto jurídico tras la ley de la amnistía abrirá caminos todavía difíciles de prever. La norma pactada entre el PSOE y los partidos independentistas está pensada al detalle y barnizada con todos los matices necesarios para que el resultado final no pueda ser interpretado por los tribunales en otro sentido que no sea el perdón absoluto. Se borra de un plumazo todo rastro de cualquier tipo de delito relacionado con el independentismo en la última década, pero pocas dudas quedan de que la oposición de buena parte de la carrera judicial es frontal y ese Poder buscará utilizar todas las herramientas que la Carta Magna les permite para combatir la medida de gracia.

El texto consta de 16 artículos, divididos en tres grandes títulos, dos disposiciones adicionales y una disposición final y, a grandes rasgos, plantea la exoneración de "los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos". La norma pretende pasar el filtro del Tribunal Constitucional apoyando su motivación en la "convivencia" y la necesidad social del perdón, y será este órgano el que dé validez absoluta al articulado. Por el momento, el Gobierno de Pedro Sánchez se ha asegurado su aplicación añadiendo la coletilla de que los recursos o cuestiones que se planteen al órgano de garantías no puedan paralizar la ley.

Lo que en núcleos jurídicos se considera un "traje a medida" para que el expresident Carles Puigdemont pueda regresa a España después de seis años. En total y el Partido Socialista ha calculado que se beneficiarán 309 independentistas y 73 policías, un número muy exacto a pesar de que, dicen, que la medida de gracia no lleva nombre y apellidos.

Margen temporal

La proposición de ley que este lunes registró en solitario el PSOE en el Congreso incluye en su margen temporal los delitos desde el 1 de enero de 2012 hasta la actualidad. Este lapso agrega tanto la consulta del 9 de noviembre de 2014 que se dio bajo el ala del expresidente catalán Artur Más; como el reférendum ilegal del 1 de octubre de 2017 bajo la batuta de Carles Puigdemont; así como los disturbios tras la sentencia condenatoria del ‘procés’ en 2019. Incluso un poco más. El texto detalla: "Los actos cuya realización se hubiera iniciado antes del día 13 de noviembre de 2023 también se entenderán comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente ley aunque su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha".

Qué hechos se amnistían

El perdón no sólo se extiende a la organización y la celebración de la consulta y el referéndum, sino que también incluye otros “posibles ilícitos que guardan profunda conexión con los mismos”, en referencia a todos los actos preparatorios, las diferentes acciones de protesta, la celebración etc. Un marco muy amplio del que podrán beneficiarse los políticos, pero también todos sus colaboradores, asesores, o cualquier civil que tuviera un vínculo por nimio que fuera con actividades independentistas.

Todo tipo de delitos

Los delitos que se describen a lo largo de las 23 páginas son de todo tipo. Desde usurpaciones de funciones públicas, pasando por la malversación (el principal por el que están condenados los líderes del procés, después de que el Gobierno eliminara del Código Penal la sedición), desobediencia, desórdenes públicos, prevaricación, atentado contra la autoridad, etc. Los problemas judiciales se borrarán en cualquier jurisdicción, se elimina la responsabilidad "penal, administrativa o contable".

Y es más, el terrorismo no se menciona como tal en los delitos amnistiados, incluso se incluye en la parte de "excluidos", pero con una pequeña trampa:  "siempre y cuando haya recaído sentencia firme". Esta redacción permite al PSOE que en su amnistía encajen también los CDR encausados y los imputados en el caso de 'Tsunami Democràtic' que organizaron presuntamente los disturbios violentos. A pesar de que estos se han investigado como terrorismo, ninguno de los dos casos ha pasado por juicio y, por ende, no tiene fallo firme.

Los que no se perdonan

La norma excluye el perdón para los delitos de terrorismo cuando exista una condena firme, como se ha mencionado, y hayan consistido en alguna de las conductas previstas en las directivas europeas, que abarcan desde atentados mortales a la fabricación de explosivos, así como los de torturas graves.

Quedan excluidos también los actos dolosos que hayan provocado una muerte, la pérdida de un miembro, un órgano o un sentido, o impotencia, esterilidad o una grave deformidad. Ninguno de estos casos era una causa por la que hubiera un procesado independentista.

Cuándo tendrá que aplicarse

Una vez el texto se publique en el BOE (tras su tramitación Parlamentaria) llegará el turno de los jueces. Entra en vigor el mismo día de su publicación y desde entonces existe un margen de dos meses como máximo para todas las sentencias de condonación. La ley establece el "carácter preferente y urgente" de todas estas resoluciones por lo que los togados tendrán que poner estas causas encima de todas las demás que estén estudiando.

Se ordenará la inmediata excarcelación de todas las personas que se hallen en prisión y bien la Fiscalía o las partes o bien los jueces de oficio tendrán que impulsar la revisión de todos los procedimientos.

Eso sí, no se podrá aceptar el pago de indemnizaciones a los que resulten amnistiados tras haber estado en la cárcel.

A quién afecta la ley

La medida será incuestionablemente aplicada a los líderes políticos responsables del 1-0 que fueron juzgados y condenados por el Tribunal Surpemo:  Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull, Dolors Bassa, Jordi Sánchez, Jordi Cuixart; también a aquellos que se fugaron y no fueron juzgados pero luego volveron como Anna Gabriel, Clara Ponsatí o Meritxell Serret; y, por último, a los que huyeron de la Justicia y nunca han regresado como Puigdemont, Toni Comín, Lluis Puig y Marta Rovira.

Pero la ley es mucho más amplia. Afecta, por ejemplo, a un juicio que hay pendiente en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por los preparativos del referéndum que afecta a la consejera catalana de Cultura, Natalia Garriga, el presidente de ERC en el Parlament y exsecretario general de la Vicepresidencia y Economía de la Generalitat, Josep María Jové, o el diputado y exsecretario de Hacienda, Lluís Salvadó. Igual que a otros 30 procesados en el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona por delitos de malversación, desobediencia, revelación de secretos y falsedad documental también por los preparativos de dicha consulta.

El texto alcanza a los 45 agentes de Policía que fueron procesados el pasado mes de enero por el juzgado de instrucción número 7 de Barcelona por las cargas del 1-0, así como al exconseller de Interior Miquel Buch que fue condenado a cuatro años y medio de cárcel por designar al mosso d'esquadra Lluís Escolà como cargo de confianza para que escoltara a Puigdemont en el extranjero tras la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Además de la pena de prisión, también impactaría en la condena de 20 años de inhabilitación que se dictó sobre Buch por delitos de malversación y prevaricación.

El más reciente de los casos que queda englobado: 'Tsunami Democràtic'. La Audiencia Nacional procesó la pasada semana a la secretaria general de ERC Marta Rovira y a Carles Puigdemont (a quien le dio la opción de comparecer con abogado), así como al exconseller de ERC Xavier Vendrell, a los empresarios Oriol Soler, Josep Campmajó y Jesús Rodríguez, al  exdirigente de Omnium Jaume Cabani y al consejero de Omnioum Oleger Serra.  

Igualmente, a 35 exaltos cargos catalanes que están encausados en el Tribunal de Cuentas por el desvío de fondos públicos para el referéndum ilegal.

Puigdemont podrá volver

"Quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención”, dice la ley. Es clara: según se publique Puigdemont podrá regresar porque decaerá la orden de arresto que pesaba sobre él si pisaba España.

Junqueras, por su parte, podrá presentarse a las elecciones. Tanto él como todos los demás amnistiados. Los empleados públicos "no tendrán derecho a recibir ningún haber por el tiempo en que no hubieran prestado un servicio efectivo, pero será reconocida su antigüedad" como si no hubiera habido interrupción en la prestación de los servicios.

Las multas

La ley de amnistía borrará la presunta "responsabilidad contable" de más de una treintena de exdirigentes catalanes, incluido Carles Puigdemont. El juicio está pendiente de celebrarse esta semana en el Tribunal de Cuentas y la Fiscalía les reclama 3, 1 millones, mientras que Sociedad Civil Democrática pide 5 millones de euros.

El 'lawfare'

El 'lawfare', la supuesta persecución política desde los tribunales recogida en el acuerdo firmado por el PSOE y Junts y que ha suscitado el rechazo unánime de todos los operadores jurídicos, no aparece en la ley.

Este concepto que afirma una "guerra judicial" desde uno de los poderes del Estado con fines espurios queda al margen de este texto, si bien en el pacto rubricado la pasada semana se abre la posibilidad de que en las Comisiones parlamentarias ya creadas se puedan revisar ciertas actuaciones de los jueces.

Justificación constitucional

El texto destaca que "la Constitución no prohíbe la institución jurídica de la amnistía", porque así lo quiso el constituyente de 1978 cuando abordó la amnistía de 1977, aunque sí prohibió expresamente los indultos generales. Sostiene que es "un mecanismo constitucional" en el que se garantiza que "todos los caminos deben transitar dentro del ordenamiento jurídico nacional e internacional".

En la proposición se asume que la aplicación de la legalidad es "necesaria", pero "en ocasiones no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo", por lo que aboga por adaptar el Derecho al contexto político.Se justifica la amnistía "por la convivencia democrática", "en aras del interés general" y "para la superación de un conflicto político".