Los seis policías que derribaron con un ariete la puerta de entrada de un piso de Madrid en mitad de la pandemia, por estar celebrándose en su interior una fiesta prohibida, habrían grabado los hechos con cámaras vetadas por la Dirección General de la Policía.

De esta manera, al tratarse de herramientas no autorizadas por el Cuerpo, las pruebas que han aportado las partes podrían contemplarse como inadmitidas. El propietario de dicho domicilio situado en la calle Lagasca ha denunciado ahora a dos de los agentes por un presunto delito de revelación de secretos. La defensa de los policías, de la que alguna de ellas se encarga Juan Gonzalo Ospina, cree que la prueba tiene que ser invalidada por la normativa interna de la Policía y del Ministerio del Interior.

Según recoge la denuncia a la que ha tenido acceso El Independiente, los policías de la patada en la puerta grabaron la actuación con cámaras de vídeo go pro no oficiales que iban adheridas a sus chalecos y que el Ministerio del Interior tiene prohibido utilizar desde 1997, y que la última vez que lo recordó fue en diciembre de 2020 a través de una circular interna. Hay algunas excepciones para usar esas cámaras, pero tienen que estar justificadamente argumentandas y registradas, al mismo tiempo que el agente tiene que dar parte al juez que lleve la causa.

Asimismo, una orden de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana, redactada tiempo antes de que sucedieran los hechos en el domicilio, el Comisario comunicó a los funcionarios de dicha brigada la restricción de uso de esas videocámaras sin previa autorización de la Dirección Adjunta Operativa. En cualquier caso, las imágenes fueron solicitadas e incorporadas a la causa por el Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid.

Actualmente los agentes están acusados de haber cometido un presunto delito de allanamiento de morada. La acusación particular ha solicitado una condena de dos años y seis meses de cárcel para los seis policías implicados en la actuación. Por su lado, la Fiscalía y las defensas han pedido que se les absuelva argumentando que los hechos se produjeron bajo amparo legal. Sea como fuere, ahora los agentes también podrían haber cometido un delito de revelación de secretos por haber filmado sin su consentimiento a las personas que se encontraban en la fiesta.

En declaraciones recogidas por Europa Press, el subinspector jefe del operativo apoyó la teoría de que la ley respaldó la actuación policial al tratarse de “un auténtico delito flagrante” que permitiría a los agentes acceder a la vivienda sin una orden judicial para disolver aquel evento ilegal.