El PP dio un giro de timón este miércoles al incorporar entre sus propuestas anti-amnistía una reforma del Código Penal para la disolución y/o suspensión de aquellos partidos ("personas jurídicas") que convoquen consultas ilegales o proclamen la independencia de una parte del territorio del país. Salvo en contadas ocasiones, y casi más como una reflexión en voz alta que otra cosa, los populares habían pasado de puntillas por una propuesta que tenía más el marchamo de Vox, aunque la diferencia sustancial entre una y otra es que Génova lo circunscribe a la comisión de esos dos delitos y no a la persecución de ideas.

Lo cierto es que la propuesta ha pillado con el pie cambiado a sus barones territoriales en una decisión de gran calado que no se consultó, pero que dicen asumir, por un lado, "porque se trata de una competencia de la dirección nacional", y, por otro, "porque intenta dar réplica a un tema tan grave como la Ley de Amnistía", señalan las distintas fuentes consultadas por El Independiente.

Un barón territorial apostilla que los partidos "que promueven hechos que van contra la Constitución están fuera de la ley", mientras que el valenciano Carlos Mazón, él único que estuvo ayer a tiro de los medios de comunicación, defendió públicamente la medida al afirmar que "entiendo que lo que estamos haciendo desde el PP es proteger la Constitución y todas las medidas que nos ayuden a protegerla, a proteger la legalidad, a proteger el sentido común, creo que son positivas". Y otras fuentes próximas a una baronesa territorial inciden en que la medida "suena bien, desde luego".

En Alemania "la Constitución recoge la disolución de aquellos partidos que van contra el Estado"

En el entorno de un cuarto presidente autonómico ponen el acento en que, por ejemplo, "la Constitución alemana recoge la disolución de aquellos partidos que van contra el Estado o el régimen democrático", y legitiman el derecho de la dirección nacional del PP "a tomar estas decisiones, faltaría más".

Los populares se esforzaron ayer por explicar una propuesta ajena a su agenda, al menos hasta este miércoles, y que no parece haber generado un gran entusiasmo en el mundo mediático más próximo a ellos, donde no han cosechado grandes apoyos. En Génova apelan a que no resulta tan inédita puesto que la ley recoge ya varios casos delictivos que suponen la suspensión de formaciones políticas. "⁠Ni la responsabilidad penal de los partidos por sus actos ni la pena de disolución nos las hemos inventado ayer", aducen fuentes populares. ⁠Lo único "que hace nuestra propuesta es atribuir a un delito muy grave, como es el golpe de Estado, una pena muy grave en virtud de un principio de proporcionalidad", defienden en el cuartel general de los populares.

Subrayan que con el Código Penal en la mano, en caso de demostrarse reincidencia y carácter instrumental, un partido puede ser disuelto por delitos de corrupción, odio, acoso sexual, tráfico de drogas o de órganos, pero nada dice de "golpe de Estado", insistiendo en calificar así el desafío independentista protagonizado por las autoridades catalanas en septiembre 2017, sin descartar su repetición y desechando cualquier tipo de persecución política o ideológica.

Reformas del Código Penal de 2010 y 2012

Los partidos comenzaron a ser considerados sujetos jurídicos con responsabilidades penales a raíz de una reforma introducida en el Código Penal en 2012, siendo presidente Mariano Rajoy y ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón. Hubo una reforma anterior, de tiempos de José Luis Rodríguez Zapatero, que ya introdujo el concepto de responsabilidad de las personas jurídicas y no sólo físicas, pero de la que quedaron exonerados, entre otros, los partidos políticos y las organizaciones sindicales, ausencia que luego subasanó un gobierno del PP.

El portavoz parlamentario popular en el Congreso de los Diputados, Miguel Tellado, volvió a comparecer ayer ante los medios de comunicación para defender que con su propuesta de reforma del Código Penal "no se persigue a nadie por sus ideales, sino por su actos, si éstos son delictivos," y lo que busca es "rearmar" al Estado "ante una posible amenaza por parte de partidos que quieran llevar adelante procesos secesionistas o de independencia" tras haber desaparecido del Código Penal el delito de sedición.

No se toca la ley de partidos de 2002 -por la que se ilegalizó Herri Batasuna como parte sustancial del entramado etarra- sino la vía del Código Penal respecto a las responsabilidades de las personas jurídicas. De este modo, establecen una distinción entre ilegalización y disolución.

Delito de 'deslealtad constitucional' por el desparecido de sedición

Los populares no recuperan en su enmienda el delito de sedición como tal sino que los sustituyen por el de 'deslealtad constitucional, que "está muy vinculado al desafío territorial que los socios de investidura de Sánchez parece ser que pueden querer desarrollar a lo largo de este año 2024 y creemos que este era un buen contexto para introducir esta cuestión", justificó Tellado.

En Génova están convencidos del acierto de su propuesta de disolución de partidos llegando a vaticinar que, en unos meses, "habrá quien se rasgue las vestiduras" por no haber apoyado la reforma del PP, sobre todo si Junts prosigue con su amenaza de avanzar en un referéndum de autodeterminación bien pactado o por la vía unilateral, que nunca han abandonado.