La jueza Nuria Ruiz Tobarra, que instruye la causa de la DANA, ha rechazado citar como investigada a la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé, denegando así la solicitud de la asociación Liberum, que ejerce una de las acusaciones populares. Bernabé declaró como testigo el pasado 15 de abril.

Así consta en un auto emitido este martes al que ha tenido acceso El Independiente. En su escrito, la titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja vuelve a poner el foco en los responsables de la Generalitat, la exconsejera de Interior Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, ambos imputados: "Quienes habían de tomar las decisiones manifiestan ser ajenos a las llamadas del 112, a las previsiones meteorológicas de la Agencia Estatal de Meteorología, a las comunicaciones sobre el estado y el caudal de los barrancos, ya fuera a través de correos o a través del Sistema Automático de Información Hidrológica, a los medios de comunicación, se afirma que no habían pantallas en la sala del Cecopi (Centro de Coordinación Operativa Integrado)".

La magistrada fundamenta su decisión en la normativa que considera aplicable en este caso, según la cual el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación de la protección civil en la Comunidad Valenciana en el ámbito de sus competencias. “Se pretende obviar de forma total la distribución competencial expuesta, efectuando un salto de la competencia autonómica en protección civil a la estatal, como base de la responsabilidad del Gobierno central”, añade. Paralelamente, en otro escrito, ha denegado la obtención de grabaciones de los vehículos y sus matrículas que accedieron al Centro de Coordinación de Emergencias el 29 de octubre, el día de la catástrofe.

"El tiempo transcurría lentamente"

En relación con la reunión del Cecopi celebrada la tarde de la DANA, y tras escuchar los testimonios de Pradas y Argüeso, la jueza incide en que los presentes parecían "permanecer en una burbuja, aislados del mundo exterior, sin posibilidad de abandonar la sala", donde "el tiempo transcurría lentamente, demorándose la toma de decisiones". Añade que mientras "el agua y el barro se desbordaba[n] de los barrancos y de los cauces de los ríos", las llamadas de auxilio "no traspasaban el umbral de la sala". Describe un escenario en el que "ninguna información les llegaba, ningún consejo acertado se les proporcionó y en el que, quienes entraban, perdían la conciencia o la memoria de la gravedad de la situación". En este punto, la magistrada destaca un mensaje que Argüeso escribió a las 14:44, en el que advertía de que los barrancos estaban "a punto de colapsar".

La jueza concluye concluye, como ya hizo en un auto emitido el 16 de abril, que el desplazamiento de responsabilidad al Gobierno central por la no declaración de emergencia nacional, "no es sino un reconocimiento explícito de la manifiesta pasividad de la Administración autonómica" que fue "absolutamente incapaz de avisar, en tiempo y adecuadamente, a la población".

Por otro lado, Ruiz Tobarra ha dictado una providencia por la que cita a declarar a once testigos, siete de ellos personal funcionario de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, dependiente de la Generalitat y otros cuatro trabajadores de la plataforma tecnológica del 112. Un informe de Emergencias entregado al juzgado revela que el teléfono 112 de la Generalitat recibió el 29 de octubre un total de 19.821 llamadas entre las 0.00 y las 23.59 horas, la mayoría a partir de las 15.00 horas, y que gestionó 4.770 incidentes. La magistrada había solicitado conocer a partir de qué momento de ese día se empezaron a recibir llamadas sobre los efectos de la DANA y de qué poblaciones procedían.

Asimismo, ha solicitado al director general del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente que informe si los recursos puestos a disposición para la vigilancia del barranco del Poyo el 29 de octubre fueron utilizados y en qué momento cesó su uso.