"Él y su entorno cercano tendrían relaciones estrechas con otros miembros del partido en Extremadura con capacidad para influir en las personas que tenían competencia para crear el puesto". Así se expresó este jueves la jueza Beatriz Biedma en el escrito en el que acordó mandar a juicio oral al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, por prevaricación y tráfico de influencias en relación a su acceso a la Diputación de Badajoz en 2017, donde ocupó el puesto de coordinador de actividades de los conservatorios musicales de la provincia.
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 viene sosteniendo que esa plaza pública fue creada ad hoc para Sánchez y que cuando salió a concurso, si bien se respetaron formalmente los trámites administrativos, se incumplieron los principios esenciales de publicidad, mérito, capacidad e igualdad que exige la ley. A su juicio, las resoluciones que culminaron en su contratación fueron "injustas y arbitrarias", dado que "crear una plaza pública pensada de antemano para un candidato concreto es ilegal".
La acusación popular, unificada en Manos Limpias, pide tres años de prisión tanto para él como para el presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, también procesado en esta causa. Además, serán enjuiciados otros nueve trabajadores de la Diputación, entre los que se incluye el exasesor de Moncloa Luis Carrero.
En el auto dictado este jueves, la magistrada vuelve a desgranar los principales indicios que, en su opinión, sustentan la acusación contra el hermano del jefe del Ejecutivo. Subraya que la creación del puesto no respondía a una necesidad real de los conservatorios y que esa supuesta necesidad fue "contradicha" incluso por los propios directores de los centros en sus declaraciones como testigos. "Si la necesidad de la creación del puesto surgió verdaderamente de los conservatorios, ¿por qué iban a negar ahora dicha circunstancia los entonces directores?", plantea la instructora.
La jueza también destaca que en ningún momento se justificó por qué la plaza debía ser un puesto de alta dirección ni por qué se presentó como un perfil de gestor cultural, como intentaron explicar algunos de los investigados. De hecho, según recalca, durante la ronda de testificales escuchó versiones contradictorias sobre el origen de la necesidad del puesto. Esa disparidad de relatos refuerza la sospecha de que no existía una motivación real, sino que todo respondía a una decisión dirigida a favorecer a una persona concreta.
Uno de los puntos clave del auto vincula directamente la creación del puesto con las circunstancias personales de David Sánchez: "Es destacable, además, que en la fecha de creación del puesto carecía de empleo estable, y que en la fecha de publicación de las bases se encontraba en estado de búsqueda activa de trabajo, según sus propias manifestaciones". A partir de ahí, concluye: "La decisión de creación del puesto lo fue, a petición seguramente de persona o personas de su entorno o relacionadas con el mismo que conocían dicha necesidad".
En este punto, la jueza razona que si bien no tenía vínculos conocidos con Badajoz en ese momento, su hermano había sido secretario general del PSOE y había visitado con frecuencia la provincia, por lo que es "razonable" pensar que ese entorno político mantenía contactos con personas influyentes en Extremadura. Según Biedma, "por razón de dicho cargo y de dicha pertenencia al partido político, él y su entorno cercano tendrían relaciones estrechas con otros miembros del partido en Extremadura con capacidad para influir en las personas que tenían competencia para crear el Puesto".
Asimismo, la magistrada considera que el puesto se fue adaptando con el tiempo a las "preferencias personales y aspiraciones profesionales" del hermano del presidente. Sánchez centró su labor casi exclusivamente en el impulso del programa "Ópera Joven", una iniciativa que pasó a ocuparle por completo tras su excedencia de un año entre 2020 y 2021. Desde entonces, dejó incluso de tener despacho fijo en el conservatorio, y varios directores de los centros declararon que consideraban que se había desvinculado de ellos. En 2023, el puesto de coordinador se transformó en la jefatura de la Oficina de Artes Escénicas.
El auto recoge además la creación de la jefatura de sección de programas y actividades transfronterizas, que según la jueza fue diseñado de la misma forma para Luis Carrero, extrabajador de Moncloa e íntimo amigo de David Sánchez. Ambos compartían despacho en la Diputación y mantenían una relación profesional estrecha desde años atrás. Carrero ya auxiliaba a Sánchez antes de ser contratado por la Diputación, y su incorporación, como reveleraron los correos electrónicos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, se dio por hecha semanas antes incluso de que se publicaran las bases para cubrir el puesto.
Gallardo ya es aforado
Tras haber adquirido in extremis el acta de diputado en la Asamblea de Extremadura este miércoles, el presidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, es ahora aforado. Eso obligará a que el juicio se celebre en el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y no en la Audiencia Provincial de Badajoz. La clave, según explica a este periódico el abogado Juan Ignacio Apoita, socio director de Apoita Carvajal, es que no puede haber dos resoluciones judiciales con pronunciamientos distintos sobre unos mismos hechos, y no se puede juzgar esta causa sin incluir al hermano del presidente del Gobierno.
Apoita detalla además las implicaciones del aforamiento autonómico: "Hay que distinguir entre los aforados ante el Supremo y los que lo son ante un Tribunal Superior. Si el juicio se celebra en el Supremo, no hay derecho a recurrir la sentencia, salvo que se acuda al Tribunal Constitucional, al Tribunal de Justicia de la Unión Europeao al Ttibunal Europeo de Derechos Humanos. En cambio, si se celebra en un Tribunal Superior, sí cabe recurso ante el Supremo".
En este caso, como se trata de un aforado autonómico, no es necesario pedir un suplicatorio. "La competencia con respecto a los aforados de las comunidades autónomas se regula por sus leyes orgánicas", precisa el letrado. "Aquí, el procedimiento ya estaba iniciado antes de que Gallardo obtuviera el aforamiento. Una vez adquiere esa condición, corresponde a las partes pedir al Tribunal Superior que recabe la competencia".
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4 Comentarios
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hace 8 segundos
@pisoalquiler
Ah, otra cosa.
Me dices «lo llevais». No se donde me incluyes en ese plural. No me conoces de nada y no tienes derecho a clasificarme ni a encasillarme ni hacer juicios de valor sobre mi persona. Podemos discutir sobre opiniones y sobre argumentos. Las valoraciones personales son línea roja.
hace 3 minutos
@pisoalquiler
No estoy blanqueando nada. El enchufismo es una lacra social sin blanqueamiento posible.
¿Hay una persecucion sistematica y generalizada del enchufismo, siendo qye es una lacra social ? No. Solo está ceñida a determinados casos puntuales siempre ligados a fines de persecución política. Esto es desde el punto de un estado de derecho, inaceptable
hace 55 minutos
@Ensaes la forma de blanquear y el victimismo lo lleváis de la mano últimamente.
hace 1 hora
A mi no me cabe duda de que es un enchufado. Sin embargo, lo que leo en este articulo son especulaciones que por muy lógicas que sean no parecen pruebas.
Me hubiera gustado que este caso sirviera para abrir un debate en nuestra sociedad sobre el enchufismo. Es una practica generalizada en nuestro pais, tanto en la administracion publica como en empresas publicas y privadas. En estas últimas, la sociedad española ni siquiera lo repudia cuando tiene un efecto pernicioso mucho mas grave, por su extensión, que en el ambito publico.
Es una pena pero esto no es un juicio por enchufismo. Si no fuera el hermano del presidente ni se hubiera denunciado. Esto es muy grave porque no se está persiguiendo un delito sino al presidente del gobierno. Todo aquel que se escandalice porque alguien obtenga puestos de trabajo por sus relaciones familiares debe escandalizarse de que alguien sea perseguido por sus relaciones familiares.