La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la decisión del juez Juan Carlos Peinado, que acordó abrir una pieza separada por malversación en la causa que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, en relación con la contratación en Moncloa de su asesora, Cristina Álvarez. El tribunal considera que esa decisión fue "prematura e inmotivada" y ordena dejarla sin efecto.

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Así consta en un auto fechado el pasado 3 de octubre, al que ha tenido acceso El Independiente. Los magistrados entienden que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid no justificó adecuadamente dividir la investigación ni se han descrito los hechos que debían conformar esa pieza independiente. No obstante, la investigación por un posible delito de malversación sigue adelante, aunque deberá continuar dentro del procedimiento principal, donde se examina si la esposa de Pedro Sánchez cometió otros cuatro delitos.

"La decisión adoptada por el juez instructor es prematura e inmotivada desde el punto de vista fáctico, normativo y procedimental", señala la Audiencia madrileña en su resolución, que destaca que, al ser un delito que corresponde ser tramitado conforme a la Ley del Tribunal del Jurado, la decisión sí tiene relevancia "dada la complejidad de los diversos hechos investigados".

"No contiene una descripción mínima o sucinta de los hechos que deben conformar la pieza separada y los investigados concernidos", reprocha el tribunal a Peinado. "No establece un mínimo análisis de la consistencia indiciaria y viabilidad jurídica de la imputación delictiva, ni incluye tampoco las razones por las que el juez considera que es factible el enjuiciamiento por separado con el resto de conductas sin poner en riesgo la continencia de la causa", razonan.

El tribunal también reprende al juez instructor por haber excluido inicialmente de la investigación a Cristina Álvarez, y considera que aquella decisión "no era correcta". Sostiene que su actuación pudo estar vinculada al delito de tráfico de influencias que se investiga a la esposa del presidente del Gobierno, ya que su papel en Presidencia "habría sido utilizado como un elemento más de influenciabilidad subjetiva".

Por ello, concluye que las pruebas sobre ambos supuestos delitos —tráfico de influencias y malversación— están "íntimamente entrelazadas", lo que impide instruirlas por separado.

Por otro lado, los jueces sí han avalado la declaración del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes Félix Bolaños por resultar "necesaria, útil y pertinente" por el puesto que éste ocupaba en Moncloa —secretario General de la Presidencia— cuando se produjo la contratación de Álvarez en julio de 2018.

"Tiene interés con la finalidad de valorar si se ha producido una extralimitación en relación a los intereses privados de Begoña Gómez", explica la Audiencia, que reconoce que esa información se pudo haber obtenido mediante información escrita. "A pesar de ello, el Juez de Instrucción la ha considerado necesaria, por la inmediatez que tiene en relación a lo instruido hasta el momento, por lo que nada podemos objetar", concluyen los magistrados de la Audiencia.

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