España | Tribunales

La Audiencia de Madrid absuelve a Pablo Echenique por su tuit sobre "deportar sacerdotes"

El exdiputado Pablo Echenique.
El exdiputado Pablo Echenique. | Isa Saiz/EP

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al exdirigente de Podemos, Pablo Echenique, de un presunto delito de odio por el que estaba siendo procesado. La causa judicial se originó tras la publicación de un mensaje en la red social X en el que el político hablaba de "deportar sacerdotes" que hubieran cometido abusos sexuales contra menores, una afirmación que el tribunal ha considerado fuera de los supuestos penales de incitación a la violencia.

PUBLICIDAD

El polémico comentario fue publicado el 10 de mayo de 2024 como respuesta a unas declaraciones del arzobispo de Oviedo, Jesús Sanz Montes, quien había advertido que en la inmigración "se nos puede colar gente que son indeseados". Echenique replicó argumentando que, estadísticamente, era más probable que un sacerdote cometiera una agresión sexual a que un migrante delinquiera, concluyendo que sería "más eficaz deportar sacerdotes que endurecer la política migratoria".

PUBLICIDAD

En la sentencia, recogida por El Independiente, los magistrados califican el mensaje de Echenique como "desacertado" e "impropio" de una persona con su relevancia pública. No obstante, el tribunal determina que el texto "no encaja" en los delitos de odio, discriminación o de hostilidad, ya que no se cumplen los requisitos necesarios para considerar que el tuit buscaba promover la violencia contra el colectivo clerical.

La Audiencia Provincial ha subrayado que el contexto es "determinante" para valorar la conducta del exdirigente. Según la resolución, el tuit fue una "reacción inmediata" a las palabras previas del arzobispo y no el resultado de una campaña "continuada, reiterada o sostenida en el tiempo" contra la Iglesia o sus miembros, lo que debilita la tesis de que existiera una voluntad criminal de perseguir al colectivo.

Finalmente, el fallo judicial insiste en que, aunque las manifestaciones puedan resultar ofensivas para ciertos sectores, están amparadas por el debate público y no alcanzan la gravedad para ser castigadas bajo el código penal. Con esta resolución, se cierra el proceso contra Echenique, destacando que sus palabras no supusieron una amenaza real o una incitación directa a la hostilidad o la discriminación.

Comentarios

Normas ›

Para comentar necesitas registrarte a El Independiente. El registro es gratuito y te permitirá comentar en los artículos de El Independiente y recibir por email el boletin diario con las noticias más detacadas.

Regístrate para comentar

Te puede interesar

Lo más visto