Junta Electoral Central

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La Junta Electoral Central (JEC) es el órgano superior y el único de carácter permanente de la Administración Electoral en España, con sede en el Palacio de las Cortes (Madrid). Está regulada por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) y se compone por trece vocales (ocho magistrados del Tribunal Supremo y cinco catedráticos de Derecho, Ciencias Políticas o Sociología), además del secretario general del Congreso de los Diputados y el director de la Oficina del Censo Electoral.

Su finalidad principal es garantizar la transparencia del proceso electoral y supervisar a la Oficina del Censo Electoral. Entre sus funciones destacan resolver consultas, quejas y recursos con carácter vinculante, unificar criterios interpretativos de las juntas provinciales o autonómicas, vigilar las cuentas y gastos de las candidaturas, ejercer la potestad disciplinaria, sancionar infracciones electorales y expedir credenciales a los representantes electos en caso de vacante.

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