La empresa familiar desempeña un papel fundamental en el tejido empresarial de nuestro país. De acuerdo con los últimos datos ofrecidos por el Instituto de la Empresa Familiar, se estima que 1,1 millones de empresas de nuestro país son familiares, lo que supone el 89% del total de las empresas. Su impacto e importante contribución a la economía nacional ha sido determinante para que, tanto la normativa estatal como la autonómica, contemplen medidas para favorecer la creación, el mantenimiento y la transmisión de esta tipología de empresa.

Uno de los retos a los que se enfrenta la empresa familiar es la transmisión del negocio a la siguiente generación, una decisión delicada y determinante para garantizar la continuidad del mismo. En esta etapa es fundamental la revisión de las estructuras existentes confirmando la aplicabilidad de los beneficios fiscales de la empresa familiar, no solo con la vista puesta en el proceso de sucesión mortis causa, sino también para valorar la conveniencia o no de transmitir dicha sociedad en vida, siempre con anticipación para evitar sorpresas que pudieran limitar la aplicación de dichos beneficios fiscales.

En Mirabaud, como grupo familiar con casi 200 años de historia y dilatada experiencia en gestión patrimonial, sabemos que en los procesos de revisión y análisis de las estructuras es habitual enfrentarse a situaciones en las que se produce una ausencia transitoria o permanente de sucesor del negocio familiar, bien porque no existen hijos o porque éstos han optado por una carrera profesional distinta.

Ante esta situación, la normativa vigente en algunas autonomías se ha adaptado para dar solución a esta problemática y facilitar la continuidad empresarial. Una de las medidas prevista es que dichas empresas se transmitan, tanto inter vivos como mortis causa, no sólo a familiares hasta cuarto grado, incluso admitiendo la aplicación de los beneficios fiscales cuando las participaciones se transmiten a una persona vinculada con la empresa, aunque sin lazos familiares.

Si bien la regulación está encaminada a la protección de la empresa familiar y establece los mecanismos para facilitar la transmisión, es necesario hacer una mayor labor de concienciación entre nuestros directivos sobre la necesidad de planificar la sucesión con tiempo. Dilatar las decisiones al momento de la jubilación o al fallecimiento puede generar desavenencias internas en el seno de la compañía. Preparar con antelación este paso y tener una hoja de ruta establecida es el mejor legado que podremos dejar a nuestros sucesores.


Patricia Franco, directora de Planificación Patrimonial de Mirabaud & Cie en España