Por una vez vamos a estar de acuerdo con los partidarios de Puigdemont: que el Fiscal general de Schleswig-Holstein haya solicitado a la Audiencia territorial de este estado federado que el fugado ex presidente catalán sea entregado a España no garantiza que el tribunal lo vaya a hacer. Y es lógico que la Fiscalía, que asume la defensa de las peticiones de la Justicia española, haya llegado a la conclusión de que el delito de rebelión por el que se le acusa en España tiene una clara equivalencia con los que en Alemania están tipificados como de "alta traición" y lo mismo sucede con los de malversación. Sin duda, es una buena noticia para quienes pensamos que lo perpetrado por el prófugo Puigdemont no sería tolerado por los tribunales de la mayor parte de los países democráticos del mundo, pero es verdad que hasta que los jueces no se pronuncien no tendremos la garantía de que este señor, que sigue diciendo que piensa perseverar en su desafío a la Constitución española y en su desobediencia a las leyes y a los tribunales, se mantiene en prisión y acaba siendo entregado a la Justicia española.

Y aunque la que suscribe tenga la seguridad casi absoluta de que los jueces alemanes van a enviar ante la Justicia de España al ex presidente de la Generalitat para que sea juzgado por los delitos que aquí se le imputan, una mínima cuestión de prudencia aconseja no dar por resuelta una cuestión que apenas ahora ha empezado a dirimirse. Tranquiliza saber que el Código Penal español, como los de otros países europeos, se ha inspirado conceptualmente en la legislación penal alemana, en lo que los juristas llaman la dogmática. Porque si el derecho civil es romano y el mercantil es inglés, el derecho penal es alemán. Por eso, aunque el articulado de uno y otro código no sea idéntico, ambos beben de las mismas fuentes doctrinales en su origen y tienen, por lo tanto, muchas cosas en común.

A pesar de todo, no descorchen todavía las botellas de cava o de champán, que es demasiado pronto para dar por resuelto un asunto al que aún le queda un largo recorrido hasta que veamos su final. La gran batalla que se va a celebrar ante la Audiencia territorial de Schleswig-Holstein entre la petición del Tribunal Supremo, basada en el auto de procesamiento del juez instructor Pablo Llarena, y las posiciones de los abogados de Puigdemont tiene como centro esencial la cuestión de si en el episodio de la multitud que rodeó la consejería de Economía de la Generalitat, destrozó los coches de los agentes e impidió a la Guardia Civil abandonar los locales; en el episodio de la declaración de independencia de Cataluña y en la celebración del referéndum ilegal del 1 de octubre hubo o no hubo violencia. Porque ese punto es capital para que lo sucedido entre de lleno en la tipificación que el actual Código Penal español establece para el delito de rebelión, de modo que se pueda equiparar a lo establecido en el código alemán.

No me cansaré de repetir que en nuestro país se cometió en 1995, año en que se abordó la gran reforma del C.P. un error que estamos pagando hoy y que consistió en la derogación de un artículo en el que se castigaba el delito de rebelión sin que concurriera la violencia. Ese articulo  existió desde que existe el Código Penal y se mantuvo bajo todos los regímenes políticos de derechas y de izquierdas -monarquías, dictaduras, repúblicas, democracias- durante casi dos siglos. Pero en 1995 ese artículo, que habría evitado todo lo que estamos padeciendo ahora, fue eliminado de la ley penal con los votos del PSOE, Izquierda Unida y los nacionalistas vascos y catalanes. Y así nos vemos hoy.

Hasta que los jueces no se pronuncien no tendremos la garantía de que Puigdemont siga en prisión y acabe siendo entregado a la Justicia española

No sabemos si a los jueces alemanes se les ha suministrado algo más, con ser ya mucho, de los 69 folios del auto de procesamiento del instructor del  Tribunal Supremo en el que sostiene que estamos ante un plan coral organizado y con violencia destinado a destrozar el ordenamiento jurídico político de España, ni tampoco si procede que se dé entrada a algún documento añadido. Estoy pensando en las imágenes que los propios agentes de la Policía Nacional y de la Guardia Civil grabaron durante el 1 de octubre de las agresiones de las que fueron objeto por parte de los manifestantes y que el Gobierno decidió que no se hicieran públicas para no azuzar el ya muy encendido clima político.

Pero la pretensión del independentismo de que sus reivindicaciones se han llevado a cabo dentro del más arcangélico pacifismo hace mucho tiempo que han dejado de sostenerse en pie. Fueron movimientos pacíficos mientras pudieron ir avanzando sin encontrar respuesta alguna por parte del Estado, pero fueron violentos y lo siguen siendo desde el preciso instante en que ese Estado empezó a defenderse del asalto del que estaba siendo objeto. Porque violencia no es sólo que haya muertos o heridos. No es sólo sangre, también es chantaje, es amenazas, es acoso, hostigamiento, persecución, es intento de expulsión, es operaciones de descrédito, opresión, silencio impuesto por el temor, ataque a la reputación, es en definitiva la tiranía del miedo. Todo eso es violencia y de todo eso hemos sufrido verdaderas oleadas en los últimos tiempos en Cataluña.

Los jueces alemanes tienen la palabra. La petición de la Fiscalía puede alegrar a quienes creemos que el secesionismo catalán debe ser vencido por la ley pero salvo la buena noticia de que pide que se mantenga en prisión al prófugo porque existe un evidente riesgo de fuga, no hay de momento mucho más que celebrar. Es muy pronto para eso. Nada está todavía decidido. No saquen todavía las copas aunque, eso sí, ténganlas a mano.