En los últimos días escuchamos cómo se perfila una posible negociación entre Ucrania y Rusia para que cese de una vez la agresión criminal de Vladimir Putin. Sin embargo, el escepticismo es grande, y con razón: mientras las conversaciones continúan, siguen también los ataques y la destrucción de ciudades mártires como Mariúpol, que ya tiene su carnicero para la historia de la barbarie: el coronel general Mijail Mizintsev, que estuvo también al frente de la sangría de Alepo.

Putin es necesario para el alto el fuego, pero es un obstáculo para la paz. Debemos tener claro que si obtiene ventajas políticas de la invasión habremos dado sentido a sus acciones. Aceptaremos que la guerra es un instrumento político, un camino válido para lograr objetivos políticos.

Putin consiguió ventajas políticas en Chechenia, Georgia, Crimea... en esos escenarios logró ventajas políticas salió indemne; sobre eso ha consolidado su liderazgo"

No podemos olvidar que Putin ya hizo esto en Chechenia, en Georgia, en Crimea. En todos esos escenarios consiguió ventajas políticas y de todos salió indemne; sobre eso ha consolidado su liderazgo: "Se ha dejado al criminal salir impune y con ello se le hace parecer más poderoso", señalaba el escritor alemán Friedrich Reck en 1938 con relación a la anexión de Polonia.

Ahora, junto a las voces de condena se escuchan también las que abogan por la necesidad de dar salidas viables a Putin, entendiendo que sin ellas no dejará de asesinar al pueblo ucraniano. Sin embargo, ¿qué pasará después del alto el fuego? ¿Cómo podemos hacer que las víctimas de esta invasión encuentren reparación y justicia? ¿Cómo podemos responsabilizar de tanto horror a sus perpetradores? 

La agresión, y el recurso a la guerra como delito individual, empiezan a fraguarse desde el Tratado de Versalles de 1919 con la creación de un tribunal para el enjuiciamiento del Kaiser Guillermo II por crímenes contra la paz. Pero no será hasta después de la II Guerra Mundial, en 1945, cuando se tipifique la agresión como delito en el Tribunal de Nuremberg. Con la creación en 1998 de la Corte Penal Internacional (CPI), único organismo internacional capaz de juzgar a individuos por sus crímenes, se incluyeron las discusiones sobre la agresión como cuarto delito además de los de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra. No obstante, la falta de consenso llevó a su tipificación tardía, que sólo ocurrió en 2010 con la revisión de su tratado vertebral, el Estatuto de Roma. 

El crimen de agresión persigue las acciones de quienes, estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un Estado, planifican, preparan, inician o realizan actos de agresión que por sus características, gravedad y escala constituyan una violación manifiesta de la Carta de Naciones Unidas.

Hablamos de responsabilidad penal individual, no de condena al Estado. Este delito permite juzgar a los líderes más allá de los cargos intermedios; no sólo dirimir sobre los crímenes de guerra, sino sobre sus responsables. Nadie duda de quién es el principal responsable de tanta barbarie contra el pueblo de Ucrania. La definición de delito se ajusta a su conducta, pero los problemas son de procedimiento, y revelan algunas de las deficiencias más importantes del orden internacional que sigue siendo urgente atajar.

El crimen de agresión sólo puede aplicarse sobre aquellos territorios cuyos estados son parte del Estatuto de Roma. Rusia nunca ha llegado a ratificar su adhesión, y revocó su firma en 2016 en respuesta a la condena internacional por la ocupación temporal de Crimea. Ucrania es signatario desde 2000, pero nunca ha llegado a ratificarlo. No obstante, ha ejercido (en 2013 y 2014) sus prerrogativas para aceptar la jurisdicción de la Corte a la hora de investigar crímenes en su territorio.

En la actualidad, países -y actores internacionales- tan importantes como India, China Israel y EE UU siguen sin adherirse a la Corte Penal Internacional, y a menudo cuestionan su mandato e independencia, lo que socava los esfuerzos internacionales contra la impunidad. 

Ante las solicitudes de Ucrania, la CPI estableció su jurisdicción en diciembre de 2020 con relación a los delitos cometidos en Crimea y en las autoproclamadas repúblicas de Donetsk y Lugansk. Así, el 28 de febrero el fiscal de la CPI declaró su intención de abrir una investigación formal sobre esa jurisdicción por los delitos en el contexto de la invasión. Seguidamente, 38 países de la Corte -la mayoría europeos y, entre ellos, España- apoyaron la apertura de investigaciones y declararon su voluntad de colaborar en el proceso. Un paso simbólico, pero necesario, ante la carencia de una solicitud del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, en el que Rusia emplea el veto en calidad de miembro permanente. Además de las limitaciones políticas y de procedimiento, hoy por hoy, la CPI es víctima de su falta de medios y de apoyo financiero y político. 

La UE podría promover el establecimiento de un tribunal especial en su territorio, similar al de Kosovo, y desde donde Ucrania ejercería su jurisdicción con apoyo y recursos financieros de los Veintisiete

Ante estas barreras se presenta una tercera vía: la creación de un tribunal ad hoc que, a nivel internacional, como fueran el de Yugoslavia o el de Ruanda, se enfrenta a los límites del necesario mandato del Consejo de Seguridad –de nuevo el veto ruso. Pero existe otra opción: la UE podría promover el establecimiento de un tribunal especial en su territorio- similar al de Kosovo, creado en 2015 a iniciativa de la UE y EE UU- ubicado en La Haya y desde donde Ucrania ejercería su jurisdicción por estos delitos con apoyo y recursos financieros de Bruselas y de los 27. Para ello se necesitaría una decisión unánime por parte de los Estados Miembros y la incorporación al ordenamiento jurídico de todos ellos del delito de agresión. Este no es el caso de algunos como, por ejemplo, España. Proceder a su inclusión es una tarea pendiente que debe hacerse sin mayor dilación. 

Las opciones legales son complejas. No habría posibilidad de condenar a Putin y a la cúpula del Kremlin por delitos de agresión en ausencia, por lo que cualquier vía estaría condicionada a un cambio político en Rusia. Pero sí sería posible poner en marcha una orden de búsqueda que evitase que el autócrata se paseara por las alfombras de los organismos internacionales como ha hecho hasta ahora.

Lo importante no son los obstáculos jurídicos sino la voluntad política. No es posible construir la paz sobre la impunidad. Si no resolvemos esto, sólo nos quedará esperar la próxima guerra ilegal que Putin -o cualquier otro líder autoritario- utilice como instrumento para imponer sus pretensiones a costa del sufrimiento de millones de personas en una guerra como la actual, que marcará la vida de generaciones de ucranianos y de europeos. 


Soraya Rodríguez es eurodiputada del Parlamento Europeo en la delegación de Ciudadanos.